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Antonio Silván y José Antonio Diez.

El Contencioso da la razón a Silván y dice que Diez aprobó en 2021 un presupuesto «ilegal»

El juzgado anula las cuentas que carecían del informe previo y vinculante del Ministerio de Hacienda y el PP denuncia que el alcalde «se pasa la ley a la torera» como ya ocurrió con la Zona de Bajas Emisiones

Leonoticias

León

Martes, 6 de mayo 2025, 13:33

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El Juzgado Contencioso-Administrativo nº2 de León ha dictado sentencia dando la razón al Grupo Municipal del Partido Popular del mandato 2019-2023, encabezado por Antonio Silván, y establece que «la aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de León para 2021 se realizó en vulneración del procedimiento legalmente establecido, ya que carecía del informe previo y vinculante del Ministerio de Hacienda».

Un nuevo varapalo a la gestión de José Antonio Diez que, en esta ocasión, se apunta en el debe un presupuesto ilegal, recogen los populares. «Aunque sea tarde y no tenga efectos prácticos –ha señalado el portavoz, David Fernández- ésta es una nueva muestra de las chapuzas legales del alcalde, de cómo se pasa la ley a la torera y de la inseguridad jurídica con la que actúa. Ya lo hemos dicho muchas veces, Diez es un populista de manual y se parece más de lo que cree al inefable Pedro Sánchez. En aquel tiempo el Partido Popular le advirtió de la ilegalidad pero el alcalde en su soberbia habitual no hizo caso. Pues bien, hoy se encuentra con una sentencia que dice mucho de una manera de gestionar que roza lo negligente».

Aquel grupo popular presentó recurso contencioso-administrativo el 23 de febrero de 2021 contra el Ayuntamiento de León por el presupuesto municipal del ejercicio de 2021, en el que solicitaban la anulación de la desestimación por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición interpuesto el día 22 de enero de 2021 contra el Decreto de Alcaldía-Presidencia de 23 de diciembre de 2020 por el que se convocó la sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno para el día 29 de diciembre de 2020, y contra el Acuerdo de Aprobación Definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el año 2021, adoptado el día 29 de diciembre de 2020 y publicado en el B.O.P. el 30 de diciembre de 2020.

Posteriormente se amplió el recurso para impugnar la convocatoria de la Comisión de Hacienda y Régimen Interior del día 29 de abril de 2021 para la ratificación de la aprobación del presupuesto, y contra el acuerdo del Pleno de 30 de abril de 2021 de ratificación del presupuesto general municipal de 2021. Tras un proceso judicial de ida y vuelta a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Castilla y León, finalmente el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de León dictó la sentencia nº56/2025, el día 24 de abril de dos mil veinticinco, con la siguiente Parte Dispositiva: «… En conclusión, dado que el informe del Ministerio de Hacienda debía obtenerse antes de la aprobación definitiva y su ausencia constituye una infracción del procedimiento, la aprobación del presupuesto municipal del Ayuntamiento de León es nulo de pleno derecho. Este juzgador considera que la ratificación posterior en abril de 2021 no puede subsanar esta omisión, ya que el presupuesto ya estaba aprobado y publicado en diciembre de 2020, sin contar con el informe necesario. El informe ministerial no es meramente consultivo, sino vinculante, y su falta afecta a la validez del presupuesto aprobado.

A la luz de lo expuesto, la aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de León para 2021 se realizó en vulneración del procedimiento legalmente establecido, ya que carecía del informe previo y vinculante del Ministerio de Hacienda. Esta omisión, por tanto, como ya se ha indicado, constituye un vicio de nulidad de pleno derecho y no puede ser convalidada mediante la ratificación posterior.

Por tanto, procede la estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto y la declaración de nulidad del presupuesto aprobado…». Además, dada la estimación íntegra del recurso, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 139 LJCA, el tribunal impone las costas causadas a la Administración demandada (Ayuntamiento de León).

Las advertencias del PP en 2021

El entonces equipo de gobierno socialista ignoró durante semanas la advertencia del Partido Popular sobre «las consecuencias judiciales que tendría vestir de legal el Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el Ejercicio 2021». El alcalde desdeñó durante un mes el informe emitido por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda, remitido el 25 de marzo de 2021. Un «informe favorable condicionado… para formar parte del expediente de aprobación del Presupuesto General», previo, preceptivo y vinculante. Es decir que el cumplimiento de esos condicionantes del Ministerio de Hacienda a las cuentas municipales solo daban luz verde al Presupuesto General del Ayuntamiento de León 2021 si los errores de las cuentas hubieran sido subsanados antes del 29 de diciembre de 2020.

Después de «mentir» en el Pleno del 29 de diciembre de 2020 asegurando que había pedido el informe previo, preceptivo y vinculante, el alcalde de León, José Antonio Diez, ignoraba también el informe emitido por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda, remitido ese mes de marzo.

Los populares sólo daban «validez a la aprobación inicial del 19 de noviembre, del Proyecto de PGA2021, pero no a la aprobación definitiva por el hecho de haberse solicitado el informe preceptivo, previo y vinculante al Ministerio con posterioridad a esta última. Debería retrotraerse el procedimiento al día siguiente a la aprobación inicial, efectuada correctamente, y con el informe de Hacienda ya en nuestro poder, proceder a la corrección del documento-aprobación inicial, exposición pública y fase de presentación de reclamaciones-recursos y posterior aprobación definitiva y publicación en el BOE».

El orden que debió seguir el presupuesto y que no cumplió Diez era el siguiente:

1. Anteproyecto-aprobación inicial

2. Petición informe Hacienda

3. Corrección si procediere en base a las correcciones de ese informe

4. Exposición pública-presentación de reclamaciones-recursos

5. Resolución de esas reclamaciones

6. Aprobación definitiva en Pleno

7. Nuevo envío a Hacienda para comprobación de «corrección de las correcciones»

Todo lo que no fuera cumplir con este orden tendría consecuencias judiciales, advirtió entonces el Partido Popular municipal en la Comisión de Hacienda. Y así ha sido.

Por último, David Fernández recordó que recientemente, y también a petición del Partido Popular, «el Procurador del Común también sacó los colores al alcalde afirmando que el cierre de las calles del centro se había realizado fuera de la ley. Una manera de actuar y de gestionar la de este alcalde, como digo, que dista mucho de los principios de buen gobierno que debería regir su actuación».

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