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La sentencia absuelve a la mujer de cualquier tipo de apropiación indebida.

Absuelta la mujer a la que una empresa cárnica acusaba de robar 1.688 euros

La sentencia evidencia que Begona G.R. nunca se apropió de esa cantidad y desmonta la acusación de la empresa | Remarca que las facturas proforma que sirvieron de acusación fueron realizadas una vez que la empleada había dejado voluntariamente la empresa

I. Santos

León

Miércoles, 19 de febrero 2020

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El Juzgado de lo Penal número dos de León ha absuelto a una trabajadora denunciada por la que la empresa para que prestaba sus servicios por -según empresa- apropiarse indebidamene de cantidad de 1.688 euros apropiados de forma .

La procesada por este caso, es una mujer sin antecedentes penales, nunca llevó a cabo actividad ilícita alguna tal y como remarca el auto de absolución.

El auto además evidencia que las facturas presentadas en el juicio fueron facturas 'proforma' realizadas una vez que la empleada había dejado la citada empresa de forma voluntaria.

De este modo desestima los argumentos de la empresa cárnica con sede en la localidad de Ribaseca, quien remarcaba al igual que el fiscal que el dinero se había sustraido de diversos pagos que realizaban los clientes «en concepto pago de facturas» por diferentes suministros de mercancías que la empresa había hecho.

Ahora se reconoce la inocencia de Begona G.R. quien nunca se apropió de la cantidad denunciada de 1.688 euros aportando en su defensa documentos proforma firmados por terceros.

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