Borrar
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, José Luis Concepción, y la magistrada del Supremo María Ángeles Parra, minutos antes de la clausura del VII Ciclo de Justicia de El Norte de Castilla en el Palacio de Justicia de Burgos. Andrea Ibáñez
El Supremo plantea que el abandono del mayor sea causa para desheredar

El Supremo plantea que el abandono del mayor sea causa para desheredar

La magistrada María Ángeles Carro dejó al descubierto en la clausura del Ciclo de Justicia las lagunas en el derecho de sucesiones

Jueves, 13 de junio 2019, 22:04

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Existe un vacío legal en la protección de las personas mayores, que también afecta a personas con discapacidad o vulnerables por su condición física o psicológica, a la hora de aplicar el derecho de sucesiones. Hasta qué punto tiene derecho un hijo a heredar parte o todo el patrimonio de su progenitor cuando le ha abandonado. Estos casos, que cada vez más y en un goteo constante están llegando a los juzgados, ponen en evidencia, a juicio de la magistrada del Tribunal Supremo María Ángeles Parra, una de las lagunas más importantes que presenta el Código Civil, que si bien recoge como causas para desheredar el maltrato físico o los insultos, deja sin regular el maltrato psicológico o el abandono, que va incluso más allá de la alimentación o la atención a las necesidades básicas. La magistrada de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo, considera que «el legislador debería tomar cartas en el asunto», legislar para garantizar la protección de las personas mayores más vulnerables. «No se puede consentir que un hijo que no se ha ocupado de su padre herede lo mucho o lo poco que este tenga», afirmó ayer durante su intervención en la sesión de clausura del VII Ciclo de Justicia El Norte de Castilla-Santander, celebrada en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Burgos.

La catedrática de Derecho Civil, explicó que el Código Civil no recoge expresamente el maltrato psicológico o económico entre las causas para desheredar a los hijos, al contrario de lo que ocurre con el maltrato físico, los insultos o las injurias. Sin embargo, la realidad de las relaciones familiares ha cambiado mucho desde la composición de la norma, que presenta algunos «desfases» en la regulación del derecho de sucesiones. De ahí que Parra insista en que «si cambia la familia, tendría que cambiar el derecho de sucesiones».

El director de El Norte de, Ángel Órtiz, con Javier Martín Clavo (Santander), el presidente de la Audiencia de Burgos, Mauricio Muñoz Fernández y el subdelegado del Gobierno en Burgos, Pedro de la Fuente.
El director de El Norte de, Ángel Órtiz, con Javier Martín Clavo (Santander), el presidente de la Audiencia de Burgos, Mauricio Muñoz Fernández y el subdelegado del Gobierno en Burgos, Pedro de la Fuente. Andrea Ibáñez

La legítima

En el Código Civil «no hay libertad de testar», ha recordado, y padres, hijos y viudos tienen derecho a la legítima. Sin embargo, sí hay causas para desheredar. En el caso de los progenitores, el maltrato físico y los insultos, pero también las otras formas de maltrato, el abandono, las amenazas o incluso «desplumar» a un padre, «se entienden como causa para desheredar a través de la interpretación de la norma, cuando no encajan en la literalidad de la misma, desde la perspectiva de la realidad social actual», explicó la jurista. No obstante, existe mayor desprotección cuando la persona mayor fallece sin dejar testamento y los herederos quieren hacer valer la causa de indignidad ante un comportamiento reprochable. Porque, si se habla de menores están claras las obligaciones de los padres para con sus hijos, pero esa claridad legislativa no existe si los afectados son personas mayores, con discapacidad y vulnerables. «No hay una norma que nos diga que el legítimo tiene que querernos», porque atender a una persona mayor va más allá de la alimentación y los cuidados básicos, «se requiere de una relación de afecto y cariño».

Concepción apuesta por la especialización en la jurisdicción de familia

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, José Luis Concepción, apuesta por la especialización de la Justicia como garantía de una respuesta rápida y eficaz. «Un juez no puede atender a todos los conflictos que se derivan de una sociedad», afirmó, y una respuesta rápida y satisfactoria para los ciudadanos solo se consigue bajo la especialización judicial, de la que es «partidario extremo». Esa apuesta por la especialización es, si cabe, aún más necesaria en el derecho de familia, pues «la familia es el núcleo esencial de convivencia en la sociedad», subrayó. Un núcleo de afectos y conflictos que, en no pocas ocasiones, acaban en los tribunales. El presidente del TSJ se mostró, por ello, «plenamente de acuerdo» con el planteamiento de la ponente invitada, catedrática de Derecho Civil y magistrada, quien demanda «una jurisdicción especial de familia, pieza clave de la sociedad, que ha cambiado de manera importante en las últimas décadas».

De ahí que la magistrada del Supremo insista en que «se debe legislar sobre esta materia» para clarificar la causa de indignidad en abandono de mayores, pues aquí la interpretación de la norma según la realidad social es más complicada. El Código Civil se modificó en 2003 para recoger como causa de indignidad la falta de atención a personas con discapacidad en términos de alimentación, vestido o vivienda, pero no de relaciones personales. Si un hijo maltrata a su padre se le puede quitar la legítima, pero el problema es definir qué se considera maltrato y hasta dónde llega.

«El Código Civil está desfasado en materia de familia», insistió María Ángeles Parra, y aunque existen derechos forales y legislaciones autonómicas que actualizan el derecho de sucesiones, en territorios como Galicia, Aragón, País Vasco, Navarra, Cataluña o Baleares, no es suficiente. «La sociedad ha cambiado de tal manera que tendría que tener un reflejo en el derecho de sucesiones que no tiene», concluyó Parra en el broche del VII Ciclo de Justicia, que ha contado con el patrocinio del Banco Santander y Registradores de Castilla y León, así como con la colaboración del Tribunal Superior de Justicia, los colegios de abogados y procuradores y la Universidad de Burgos.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios