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Imagen de la tumba de Franco. Óscar Chamorro
El Supremo respalda la decisión del Gobierno de exhumar a Franco a falta de saber la fecha

El Supremo respalda la decisión del Gobierno de exhumar a Franco a falta de saber la fecha

La Sala rechaza el recurso de la familia por unanimidad y el traslado dependerá del Constitucional y de un juzgado de Madrid

Mateo Balín

Madrid

Martes, 24 de septiembre 2019

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Francisco Franco será exhumado del Valle de los Caídos 44 años después de su muerte y sus restos serán llevados al panteón familiar en el cementerio de Mingorrubio-El Pardo (Madrid), donde yace su mujer Carmen Polo. Tras varios meses de vaivenes la fecha definitiva del traslado no será inmediata, como desea el Gobierno, ni coincidirá con la campaña electoral porque se está a la espera de resolver un par de escollos judiciales.

La histórica decisión fue tomada ayer por el Tribunal Supremo, cuya Sala de lo Contencioso-Administrativo respaldó punto por punto la pretensión del Ejecutivo socialista de sacar al dictador de la basílica de Cuelgamuros, en la sierra de Guadarrama de Madrid.

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De esta forma, el traslado de los restos del dictador cuenta con el aval de los tres poderes del Estado. El Ejecutivo impulsó la exhumación, el Legislativo la validó y el Judicial la refrendó.

El tribunal adoptó su decisión en cumplimiento del «interés general» que emana de la aplicación de la Ley de la Memoria Histórica, aprobada en 2007 con los votos en contra del PP, y después de que el Congreso aprobara hace un año, sin votos en contra esta vez, el decreto que habilitaba la exhumación de Franco. Esta norma prohibía que reposen en el Valle de los Caídos los restos de cualquier persona no caída en la Guerra Civil tras el golpe de Estado de 1936.

El mismo consenso alcanzado en septiembre de 2018 por los 350 diputados de la Cámara Baja (entonces no estaba Vox) se proyectó ayer en el tribunal de lo contencioso, cuyos seis magistrados desestimaron de plano el recurso de la familia del dictador contra los acuerdos del Consejo de Ministros.

A la espera de conocer en los próximos días los pormenores de la sentencia, los jueces se reunieron con el trabajo hecho y solventaron en menos de una hora que no había motivos para amparar a los recurrentes.

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Estos alegaron vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad personal y la libertad religiosa, y fueron respaldados por los recursos de la comunidad benedictina del Valle de los Caídos, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle. El conflicto a debate, por tanto, residía en la posible violación del derecho de los familiares a elegir el lugar en el que deben reposar los restos y el «interés general» de los acuerdos del Gobierno en aplicación de la Memoria Histórica (artículo 16.3).

Informes y licencia de obra

Para ello, los familiares ofrecieron como «única posibilidad» el entierro en la cripta de la Catedral de la Almudena de Madrid, donde la hija Carmen Franco compró en 1987 una sepultura con espacio para varias tumbas. Sin embargo, el Gobierno rechazó esta posibilidad por «motivos de seguridad y de orden público».

El informe considera inadecuado el emplazamiento de la Almudena por su situación tan céntrica y el interés turístico. Además, los expertos mencionaron la amenaza terrorista o incluso los posibles enfrentamientos entre detractores y partidarios dentro de la cripta de la catedral. Una tesis avalada ahora por el Supremo.

No obstante, las prisas del Ejecutivo socialista para trasladar a Franco de forma inmediata o en plena campaña son inútiles. La fecha de la exhumación depende ahora de dos escollos judiciales: el recurso que presentará la familia ante el Tribunal Constitucional, que pedirá como medida cautelar suspender la sentencia del Supremo, y el procedimiento abierto en un juzgado de lo contencioso de Madrid, que desde febrero tiene paralizada de forma provisional la licencia de obra para abrir la sepultura de Franco.

Por tanto, hasta que no se celebre la vista para resolver este litigio no habrá sentencia, que podría ser recurrida a continuación ante el Tribunal Superior de Madrid. Una circunstancia que demoraría semanas o meses el traslado de los restos del dictador, según avanzaron fuentes jurídicas. Ello pese a que el alto tribunal hará mención en su fallo de la licencia de obra.

El titular del juzgado de lo contencioso de Madrid es el magistrado José Yusty, quien fue recusado sin éxito por la Abogacía del Estado por su presunta afinidad con los postulados ideológicos del recurrente, el particular Leonardo Falcó Rodríguez, del entorno de los Franco. Éste había recurrido la autorización de obra concencida por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, en cuyo término municipal se encuentra el Valle de los Caídos.

Óscar Chamorro

Así fue el entierro de Franco

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