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Fachada del Tribunal Supremo. Óscar Chamorro
Marchena exige al Congreso que Alberto Rodríguez cumpla su condena de inhabilitación

Marchena exige al Congreso que Alberto Rodríguez cumpla su condena de inhabilitación

El presidente de la Sala Segunda del Supremo pregunta a Batet sobre la ejecución de la suspensión del derecho a sufragio de la condena, que aboca a la pérdida del escaño, según el tribunal

Miércoles, 20 de octubre 2021, 14:04

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La decisión de la Mesa del Congreso de mantener al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez en su escaño ha provocado este miércoles la respuesta del Tribunal Supremo. El presidente de la Sala Segunda (de lo Penal), Manuel Marchena, se ha dirigido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que remita a la Sala el informe sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al parlamentario. Un castigo que, según el tribunal juzgador, abocado a la pérdida de su escaño.

Este oficio se ha enviado este miércoles a través del presidente del Supremo, Carlos Lesmes, después de que se conociera que la Mesa del Congreso acordara no retirar el acta de diputado a Rodríguez a pesar de la condena impuesta por el Supremo por un delito de atentado a la autoridad.

La decisión de la Mesa encontraba apoyo en el informe de los letrados del Congreso, que consideran que solo la pena privativa de libertad podría haber obligado al condenado a dejar el escaño. Sin embargo, al haber accedido éste a abonar la multa como pena sustitutoria (540 euros) el castigo de la prisión no ha tenido efectos.

Este informe causó ayer «perplejidad» entre los magistrados de la Sala, quienes consideran que la propia sentencia y el auto de aclaración respondían que la inhabilitación era consustancial a la pena. Su enfado se justificaba en que los letrados de la Cámara se habrían excedido al reinterpretar la sentencia y actuar como una suerte de segunda instancia.

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El ex secretario de Organización de Podemos fue condenado el pasado 7 de octubre a 45 días de prisión y a una pena accesoria de inhabilitación especial por atentado contra la autoridad (agredir a un policía en una manifestación). La sustitución de esta pena de cárcel por una multa de 540 euros, que el dirigente morado abonó poco después, es lo que llevó este lunes a los servicios jurídicos del Congreso a aseverar que la citada sentencia no debe tener efectos extra penales.

En su informe, en el que el PSOE y Unidas Podemos se han apoyado para justificar su decisión, los funcionarios argumentan que no puede aplicarse la llamada «causa de incompatibilidad sobrevenida» recogida en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) porque, tras su reforma de 2015, «la sustitución no es ya una forma de ejecución de la pena sino de aplicación de la misma, de manera que vendría a transformar a la pena principal desde su origen».

«Despropósito»

PP, Vox y Ciudadanos discrepan de esta interpretación y reclamarán ante la Junta Electoral Central (JEC) por entender que es este el máximo intérprete de la Loreg y que su criterio, en consecuencia, debe de tenerse en cuenta. Las tres formaciones dirigirán además un escrito a la Fiscalía General del Estado para que solicite el incidente de aclaración de sentencia, con el objetivo de dar marcha atrás en la decisión. «Es un despropósito», lamentó la portavoz de los populares en la Cámara baja, Cuca Gamarra.

Los conservadores insisten en que la ley electoral es clara y cualquier pena privativa de libertad implica la pérdida inmediata del acta de diputado. «La inhabilitación no puede quedar en manos de una Mesa y de las mayorías parlamentarias», criticó Gamarra, recordando que se trata de una decisión jurídica y no política.

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