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La justicia leonesa condena a la banca a devolver más de dos millones de euros por cláusulas suelo

La justicia leonesa condena a la banca a devolver más de dos millones de euros por cláusulas suelo

El nuevo plan de especialización de los juzgados alivia sensiblemente la situación de «atasco» que sufre el Juzgado de Primera Instancia nº7 que, en siete meses recibió más de 3.150 demandas

A. CUBILLAS

Domingo, 25 de febrero 2018

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El Juzgado de Primera Instancia nº7 de León, especializado en cláusulas suelas, roza el colapso. Era lo previsto. El goteo de demandas ha sido incesante desde que la puesta en marcha el pasado mes de junio de este juzgado especializado.

A cierre del 2017, ya habían registrado un total de 3.156 denuncias, aunque los cálculos estiman que son más de 6.000 los leoneses afectados por este producto bancario. Una cifra elevada, que sitúa a León a la cabeza de la Comunidad.

Seis meses en los que se dictaron 496 sentencias, según las cifras del Consejo General del Poder Judicial, con un 99,9% de éxito para el consumidor. Esta cifra ha aumentado hasta las 700 sentencias que se alcanzan en la actualidad. Concretamente y según la Plataforma de Afectados de Cláusulas Suelo de León, el impacto económico se traduciría en 2 millones de euros.

El problema radica en el incumplimiento de las entidades. “En el mejor de los casos, los bancos están demorando los pactos pero son muchos los directamente no atiende al requerimiento judicial”, remarca Basilio Garmón, presidente de la plataforma de afectados.

Incumplimiento que unido al atasco judicial que sufre el Juzgado dilata en el tiempo la solución de los leoneses afectados por cláusulas suelos. “La cifra de casos resueltos es importante teniendo en cuenta que sólo es un juzgado. Pero son demasiados los que hay pendientes y, aún con este ritmo, su resolución puede tardar años”.

Refuerzos

De ahí que remarque la necesidad de reforzar la labor con la creación de un segundo juzgado especializado en El Bierzo. “Como mínimo”, remarca Garmón, que señala la necesidad de intentar ligar la demanda de cláusula suelo con los gastos hipotecarios para evitar dos procesos diferentes.

Antecedentes

El 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo de BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales debido a su falta de transparencia. El Alto Tribunal hizo hincapié en que los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).

Finlamente, fue en abril del 2015 cuando la Sala Primera del Tribunal Supremo reafirmó la doctrina por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia y fijó doctrina al declarar que los usuarios solo podrán recuperar el dinero destinado a este concepto a partir del 9 de mayo de 2013.

Posteriormente, el pasado 1 de junio se puso en marcha el plan de urgencia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial ante el previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

Un refuerzo que se materializó el pasado 1 de enero, con la entrada en vigor del nuevo plan del Consejo General del Poder Judicial que establecía que el Juzgado de Primera Instancia nº7 ‘bis’ pasó a tener competencia “exclusiva y excluyente” en las demandas de las cláusulas del suelo.

Una media que tuvo que adoptar el CGPJ como respuesta a la falta medios desplegados por el Gobierno. Así lo entiende el juez decano de León, Luis Alberto Gómez, que entiende insuficientes los medios adoptados por el Ministerio de Justicia dado el importante volumen de demandas.

“La previsión ha generado que este juzgado sufra un atasco como en cualquier otro procedimiento”, lamenta Gómez, que urgen un refuerzo en una provincia de León, con un importante número de afectados por estos procedimientos que desborda la actividad del juzgado, que no las previsiones.

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