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Competencia multa a 15 empresas por repartirse concursos públicos de Adif

Competencia multa a 15 empresas por repartirse concursos públicos de Adif

El organismo impone una sanción de 118 millones y pide que las filiales de ACS, Indra o Sacyr tengan prohibido contratar con la Administración

Miércoles, 27 de marzo 2019, 14:01

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El sector ferroviario, en el punto de mira de Competencia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 118 millones de euros a 15 empresas del sector por repartirse durante años concursos públicos de infraestructuras ferroviarias convocados por Adif. Además, el organismo también ha sancionado a 14 de sus directivos con 666.000 euros por el mismo motivo, según explica en un comunicado publicado este miércoles.

Las quince multadas son Elecnor, Alstom, Siemens, Indra, Isolux, filiales de ACS (Cobra, CYMI, SEMI y Electren), otra de OHL (EYM), otra de Sacyr (Neopul) y una de Abengoa (Inabensa), Comsa, Telice, Eym y Citracc. Las dos que reducen su multa serán Alstom y Siemens. La primera porque por ella se inició el procedimiento tras acogerse al programa de clemencia -los miembros arrepentidos de un cártel pueden quedar eximidos de multa si denuncian al resto y facilitan pruebas- y la segunda porque también aportó algo de información.

Se trata de la segunda mayor sanción impuesta por el organismo, solo por detrás de la de mayo de 2016 por 128,8 millones a ocho fabricantes de productos absorbentes para la incontinencia urinaria en adultos, la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) y cuatro directivos por pactar precios desde al menos 1996.

Más allá de las millonarias multas, por primera vez el organismo ha activado el procedimiento para que estas empresas sancionadas tengan prohibido contratar con la Administración y ha remitido la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, aunque es un paso previo que solo se podría poner en marcha cuando la resolución fuera firme dentro de varios años.

Las mayores multas

La mayor sanción ha sido impuesta a Cobra (ACS), con 27,2 millones de euros; seguida de Elecnor con 20,35 millones y Siemens con 16,8 millones, aunque éste ha obtenido una rebaja del 45% por ayudar en la investigación. A Alstom le correspondería pagar 8,8 millones pero por el programa de clemencia, la empresa y sus directivos quedan completamente exentos del pago.

En el comunicado de la CNMC se explica que las empresas que han sido sancionadas participaron durante 14 años en tres cárteles para falsear la competencia en las licitaciones del AVE y del tren convencional. Cada uno de los subgrupos tenía una función. Uno de los cárteles se creó para repartirse los concursos para la construcción, suministro, instalación y mantenimiento de sistemas de electrificación del AVE. La CNMC indica que trece empresas adoptaron acuerdos para el reparto de 24 licitaciones para ello desde 2008 hasta 2016. El importe total de los contratos adjudicados al cártel asciende a 837 millones de euros.

El segundo se centró en manipular concursos para el mantenimiento de los sistemas de electrificación en líneas convencionales. Operó de 2002 a 2016, según los datos de Competencia. Las diez empresas que crearon este cártel adoptaron acuerdos en relación con 239 licitaciones, de las que 173 fueron adjudicadas, con un importe total repartido entre ellas de 134 millones de euros.

Y, por último, el tercer cártel que se repartió concursos públicos y privados para la construcción, suministro, instalación y mantenimiento de equipos electromecánicos en la alta velocidad de 2013 a 2015. Alstom e Indra presentaban ofertas con el compromiso de que la empresa adjudicataria subcontrataría a la no adjudicaria. En 2015 se sumó a esas prácticas Elecnor. Los acuerdos ascienden al reparto de al menos 84 millones de euros.

Telefónica se libra de pagar 26 millones

El Tribunal Supremo ha anulado una sanción de 25,7 millones impuesta en 2014 por la CNMC a Telefónica por las condiciones de permanencia a pymes en perjuicio de otros operadores. La operadora recurrió la sanción ante la Audiencia Nacional, que falló a su favor, y el Estado presentó un recurso de casación que ha sido rechazado por el Supremo.

En la sentencia, fechada el pasado 18 de febrero, la sala de lo contencioso señala que la apreciación de la CNMC, que considera los descuentos practicados como una restricción, no figura debidamente acreditada.

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