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Sede principal del Banco de España, en Madrid EFE
El Banco de España sugiere exonerar las deudas a autónomos y pymes

El Banco de España sugiere exonerar las deudas a autónomos y pymes

La institución recomienda que Hacienda y la Seguridad Social se involucren e incentiven reestructuraciones aceptando quitas mayores que otros acreedores

Viernes, 13 de noviembre 2020, 12:24

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El Banco de España advierte este viernes en un informe del que califica «problema estructural» de la economía española: un sistema concursal que se utiliza poco por parte de empresas en dificultades financieras, y todavía menos entre las empresas pequeñas o por empresarios individuales, especialmente en comparación con otros países europeos. La razón de ese escaso uso es el «mal funcionamiento de los concursos de acreedores, que suelen ser procedimientos largos, costosos y que casi siempre terminan en la liquidación de las empresas».

Con el inicio de la crisis económica provocada por la pandemia, el Gobierno decretó una moratoria concursal que implica que el deudor no tiene la obligación de solicitar el concurso hasta finales de año. Por tanto, tal moratoria está cerca de concluir. Dada esta circunstancia, el Banco de España lanza algunas propuestas para mejorar la eficacia del sistema y promover la reestructuración de las deudas de empresas insolventes, pero viables a medio plazo, por un lado; y para facilitar la liquidación de empresas inviables, reduciendo la duración de los procedimientos concursales, lo que ayudaría tanto a evitar la depreciación de los activos empresariales como a aumentar las tasas de recuperación de recursos por parte de los acreedores.

En este sentido, el Banco de España remite a una recomendación lanzada por Olivier Blanchard, antiguo economista jefe del Fondo Monetario Internacional, quien sugiere la puesta en marcha de un mecanismo mediante el cual los acreedores públicos, sobre todo Hacienda y la Seguridad Social, se involucrarían e incentivarían las reestructuraciones de deuda, aceptando quitas incluso mayores que los acreedores privados bajo ciertas circunstancias. Ello se aplicaría especialmente en el caso de empresas cuyo valor social sea mayor que su valor privado, puesto que su liquidación tendría efectos muy negativos en sus proveedores o en los puestos de trabajo comprometidos. Lo que se propone, por tanto, es que en el acuerdo extrajudicial de pagos (un mecanismo preconcursal) puedan negociarse las deudas de derecho público, tal y como recomienda el FMI para la economía española. Se trataría de una alternativa que el Banco de España sugiere poner en marcha a corto plazo para empresarios individuales y dueños de pequeñas empresas.

El organismo se detiene en su informe en el escaso uso de los concursos personales por parte de autónomos y pequeños empresarios. Y una de las razones que esgrime para explicarlo reside en que las deudas de derecho público (con la Administración) no pueden ser exoneradas, lo que provoca que el plan de pagos que sigue a la liquidación sea muy exigente para el empresario. En este sentido, el supervisor alude a analistas que han señalado que esta excepcionalidad de la que goza la deuda con el sector público es «cuestionable desde un punto de vista de eficiencia económica»: argumentan que como el Estado es un acreedor diversificado entre todos los contribuyentes, «está en principio mejor situado que el resto de los acreedores para absorber la pérdida asociada a la exoneración». Ésta sería una medida que el organismo sugiere poner en marcha a largo plazo.

El supervisor agrega que la exoneración del crédito público fomentaría el empleo del «mecanismo de segunda oportunidad», que consiste en un plan de pagos de cinco años de duración, al tiempo que se le calcula un impacto «relativamente limitado en las arcas públicas», dado el reducido balance medio de que disponen los autónomos y las microempresas y, también, la precaria situación financiera a la que llegan a los concursos.

El Banco de España, en todo caso, considera necesario diseñar mecanismos concursales específicos para microempresas y para autónomos más ágiles y menos costosos que el procedimiento concursal propio de empresas de mayor tamaño. Por ejemplo, con vías rápidas de bajo coste para tramitar y resolver los concursos de individuos con bajos niveles de deuda, ingresos y activos, a quienes se podría liberar de sus deudas tras la liquidación de su patrimonio inembargable.

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