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El WhatsApp, una cuestión de honor

El WhatsApp, una cuestión de honor

Un médico valenciano es condenado a escribir en el estado de su perfil que ha sido condenado por difamar a su socio en ese mismo espacio

Álvaro romero

Jueves, 7 de abril 2016, 11:43

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Hay que tener cuidado con lo que se escribe en WhatsApp, no solo en las conversaciones privadas sino también en los estados, más aún tras lo sucedido en Valencia. Un médico ha sido condenado por el juzgado de primera instancia número 1 de Moncada (Valencia) a reparar el honor de su antiguo socio en su estado de WhatsApp.

El acusado estableció en su estado la frase No te fíes de (nombre del socio), durante cuatro meses, por la cual deberá pagar 2.000 euros de indemnización por daños morales y a la honorabilidad del demandante. Según el juez, fue con intención de desprestigio personal y profesional al ser una descalificación escrita en un espacio de acceso público.

La condena incorpora la obligación del demandado a establecer durante dos meses, en el estado de su cuenta de la famosa App de mensajería instantánea, la expresión: "Mediante sentencia de fecha 30-12-2015 (nombre del demandado) fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de (nombre del demandante)".

También una indemnización

El magistrado, Joaquim Bosch considera que el ofensivo estado afectó negativamente a la reputación del afectado, la cual es especialmente importante en el ámbito de su profesión médica y del sector de los servicios de sanidad. "El estado de una cuenta de WhatsApp no es el lugar apropiado para incorporar una frase de este tipo, ya que es un espacio previsto en la aplicación para incorporar información del titular de la cuenta", explica el juez en una sentencia difundida por Europa Press.

El juez no accede a la petición del demandante de ser indemnizado con 10.000 euros porque la frase no incluyó un contenido "ofensivo de especial gravedad" y únicamente pudieron leerla quienes disponían del número de teléfono móvil del condenado, teniendo en cuenta que podía haber entre ellos contactos comunes de ambos profesionales.

La sentencia considera probado que los hechos se produjeron en un contexto de "desavenencias personales y empresariales". El honor no tiene un carácter absoluto al estar limitado por las libertades de información y expresión, comprende la crítica aunque pueda molestar al otro. En este caso, el juez descarta que el mensaje de WhatsApp investigado se tratara de información y afirma que tampoco puede considerarse una crítica.

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