Policía Nacional y Guardia Civil vigilarán «con proporcionalidad» en León el cumplimiento del nuevo toque de queda
Se espera que en esta primera noche de toque de queda a las 20 horas los Cuerpos de Seguridad del Estado y la Policía Local desarrollarán una labor más enfocada a la información que a la sanción
Policía Nacional y Guardia Civil vigilarán este sábado el cumplimiento de la normativa en vigor, «con criterios de proporcionalidad, orientando e informando al ciudadano sobre las nuevas restricciones». Así lo han apuntado a leonoticias fuentes de la Subdelegación del Gobierno en León, consultadas después de que la Delegación del Gobierno de Castilla y León avanzará el obligatorio cumplimiento de la nueva medida.
El Boletín Oficial de Castilla y León publica este sábado tres decretos del presidente de la comunidad, Alfonso Fernández Mañueco, en los que se recogen las nuevas restricciones en la movilidad, así como el toque de queda a las 20:00 horas.
En cuanto a la Policía Local de León, fuentes municipales entienden que se vigilará «para mantener la legalidad vigente», asegurando que en esta primera noche «será informativo más que punitivo».
El Ejecutivo autonómico lo hace en tres acuerdos diferentes para que en el caso de que el Gobierno central decidiera la anulación de alguno de ellos, en especial el del toque de queda, se mantengan vigente el resto, según ha podido saber este periódico. Por el momento, se desconoce si el Gobierno de España recurrirá el adelanto del toque de queda. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, se ha mostrado abierto a estudiar las franjas horarias de estas restricciones a la movilidad en el seno del consejo interterritorial.
El primero de ellos establece en todo el territorio de la comunidad de Castilla y León como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación las 20:00 horas. Como hora de finalización se fijan las 6:00 horas.
Durante ese tiempo las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el Art. 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma.
En el segundo decreto se establecen las limitaciones de reunión a cuatro personas tanto en espacios públicos como privados. En este decreto también se establece el aforo de 25 personas en los lugares de culto.
El tercero de los decretos establece la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la comunidad de Castilla y León.