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Manuel García y Javier Santiago, candidatos a la presidencia del PP de León.
Javier Santiago frente a Manuel García: estatutos y tensión en el PP en la antesala de las urnas este martes

Javier Santiago frente a Manuel García: estatutos y tensión en el PP en la antesala de las urnas este martes

Los dos candidatos a la presidencia del PP se enfrentan este martes en las urnas en la antesala del congreso extraordinario previsto para el próximo 18 de julio | La dirección nacional se remite a los estatutos para salvar el enfrentamiento entre ambos candidatos

J.L.B.

León

Lunes, 21 de junio 2021, 09:40

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En la antesala de conocer los resultados de la primera votación para la elección de presidente del Partido Popular de León las dos candidaturas en liza encabezadas por Manuel García, alcalde de Villaquilambre, y Javier Santiago, senador y alcalde de Almanza, siguen escudriñando en la sede del Paseo de Salamanca aquellos afiliados con derecho a voto este martes 22 de junio.

Judicializado el congreso por parte de la candidatura del alcalde de Villaquilambre, Manuel García, el juzgado aún no se ha pronunciado sobre la reclamación de los afiliados vía on line al Partido Popular.

Mientras la ejecutiva nacional se remite a una frase lapidaria: «Lo que pongan los estatutos del partido», se ha remarcado de forma reiterada a leonoticas. Pero, ¿qué ponen los estatutos del partido sobre las afiliaciones al partido Popular?

Los estatutos nacionales del Partido Popular aprobados en febrero de 2017 dedican el Título primero, capítulo primero, a los afiliados sus derechos y sus deberes.

Escrito de afiliación

El artículo 5 lo dedica a los afiliados y en su punto 2 al procedimiento de afiliación diciendo textualmente: «El impreso de solicitud de afiliación deberá estar a disposición de los interesados en todas las sedes del Partido. Asimismo, las organizaciones territoriales de las Comunidades Autónomas con lengua propia dispondrán de hojas de solicitud de afiliación en las dos lenguas oficiales. La solicitud de afiliación se realizará por escrito según modelo aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional. El escrito de solicitud de afiliación para los residentes en el extranjero incluirá el domicilio censal. La ficha de afiliación deberá contener una casilla donde el solicitante podrá incluir la identificación de hasta dos afiliados del Partido Popular que sirvan como referencia para la sede donde se tramite dicha afiliación».

Y añade: «También se pondrá a disposición de los interesados el modelo de solicitud de afiliación aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional en versión on-line en el portal pp.es y en las diferentes plataformas digitales del partido a nivel autonómico, provincial e insular».

En el punto 3 del mismo artículo se remarca literalmente: «Las solicitudes de afiliación deberán entregarse preferentemente en la sede local, de distrito o comarcal del lugar en el que resida o esté censado el solicitante. Las solicitudes entregadas en otras sedes del Partido deberán ser remitidas inmediatamente a las sedes locales, de distrito o comarcales de la población en que resida o esté censado el solicitante para que sean informadas por la ejecutiva local. Posteriormente dichas solicitudes deberán presentarse ante el primer Comité Ejecutivo Provincial o Insular que se celebre correspondiente del lugar en el que resida o esté censado el solicitante».

El papel del comité ejecutivo

A todo ello se suma en el punto 4 sobre la denegación o admisión de inscripciones, en el que se dice: «El Comité Ejecutivo Provincial, Insular o Autonómico en el caso de las Comunidades Autónomas uniprovinciales resolverá, en la primera reunión posterior a la recepción de la solicitud de afiliación, sobre la procedencia o denegación de la admisión. Si rechaza la solicitud de afiliación deberá comunicarlo al solicitante dentro de los diez días siguientes al de la fecha del acuerdo, que deberá ser motivado, disponiendo aquel de un plazo de quince días para interponer recurso ante el Comité Ejecutivo Autonómico, quien resolverá definitivamente en su siguiente reunión ordinaria. Igual derecho podrá ejercer el solicitante en caso de no resolver el Comité Ejecutivo Provincial o Insular en los plazos previstos en el Reglamento de Afiliación».

¿Cuándo se adquiere la condición de afiliado? Esa pregunta, clave en el proceso, es detallada en el punto 5. «La condición plena de simpatizante se adquiere en la fecha en la que su alta quede reflejada en el Censo Nacional del Partido. La adquisición de la condición plena de afiliado exigirá, además, que se haya abonado la cuota».

Además, y no menos importante en el punto 8 del artículo 5, donde se asegura: «La Junta Directiva aprobará un Reglamento Nacional de Afiliación».

Reglamento nacional de afiliación y plazos

¿Y sobre las afiliaciones, qué dice el «Reglamento Nacional de Afiliación»?

En el artículo 5: De la solicitud de afiliación en su punto 5.1. se puede leer: «La afiliación al Partido Popular se podrá solicitar en cualquier sede del Partido o íntegramente a través de Internet mediante los procesos electrónicos de firma que se determinen. Todas las afiliaciones se tramitarán de conformidad con lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal».

Añade el artículo 7 «De la aprobación de las solicitudes de afiliación y traslado» que en su punto 7.1 dice: «Serán competentes para aprobar las solicitudes de alta y traslado de afiliación: a) El Comité Ejecutivo Provincial o Insular en caso de Comunidades Autónomas pluriprovinciales».

En el punto 7.3 cita: «Los comités competentes resolverán en su primera reunión posterior a la recepción de la solicitud de afiliación o traslado sobre la procedencia o denegación de la admisión en un plazo máximo de 45 días»

Y en el punto 7.7 sobre los plazos de aprobación de solicitudes dice textualmente: «Transcurridos los plazos de aprobación contemplados en este reglamento y, en ausencia de resolución concreta, se entenderá aprobada la solicitud».

Reuniones del comité

Teniendo en cuenta que la aprobación de las altas nuevas corresponde al Comité Ejecutivo Provincial en su primera reunión ¿Cuándo se tienen que reunir el Comité Ejecutivo Provincial?

El artículo 39 de los Estatutos Nacionales del Partido Popular lo dedica a los comités ejecutivos. En el punto 5 fija las convocatorias de los citados comités y dice textualmente: «El Comité Ejecutivo Nacional, así como los Autonómicos, Provinciales o Insulares, se reunirán ordinariamente, al menos, una vez al mes por convocatoria de su Presidente, y de forma extraordinaria cuando así lo soliciten tres quintos de sus componentes».

Y en el punto 6 sobre la forma de convocatoria cita:«Las convocatorias de los comités ejecutivos deberán efectuarse por escrito o por cualquier medio telemático, con expresión de su Orden del Día y con una antelación mínima de setenta y dos horas, todo ello excepto en casos de urgencia».

Según la candidatura de Manuel García, uno de los motivos de la judicialización del proceso congresual es que desde noviembre de 2020 el comité ejecutivo provincial no se habría reunido, quedando en este caso el actual presidente, Juan Martínez Majo en una situación comprometida ya que era responsabilidad del actual delegado de la Junta de Castilla y León convocar mensualmente el Comité para la aprobación de las altas nuevas en el partido.

Resolución y escenario

Sobre este punto no tendría responsabilidad alguna ya que como explica el reglamento reconoce que «transcurridos los plazos de aprobación contemplados en este reglamento y, en ausencia de resolución concreta, se entenderá aprobada la solicitud.» Por lo que las solicitudes presentadas y que no hayan sido sometidas a la evaluación por parte del Comité ejecutivo Provincial quedarían aprobadas «de facto».

Todo lo anterior resume el escenario al que se enfrentan ambos candidatos este martes. En esa jornada los afiliados del Partido Popular (PP) de León que hayan formulado su deseo de participar en el proceso electoral abierto de cara al nuevo Congreso Provincial podrán depositar sus papeletas en las urnas habilitadas al efecto en Cistierna, Sahagún, Valencia de Don Juan, La Bañeza, Astorga, Bembibre, Carracedelo, Ponferrada, Riello y León ciudad.

Si uno de los dos candidatos obtiene una diferencia igual o superior a los 15 puntos quedará proclamado candidato único de cara al comité provincial del próximo 18 de julio.

Estatutos del Partido Popular

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Reglamento de afiliación del Partido Popular

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