Borrar
La duración será por un periodo mínimo de tres meses y máximo de seis Leonoticias
El Ecyl convoca la ayuda destinada al PIE, dirigida a desempleados afectados por la crisis, con un importe del 80% del IPREM

El Ecyl convoca la ayuda destinada al PIE, dirigida a desempleados afectados por la crisis, con un importe del 80% del IPREM

Pretende mejorar su empleabilidad e inserción laboral para el año 2022

Leonoticias

León

Martes, 10 de mayo 2022, 09:29

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Servicio Público de Empleo, Ecyl, ha convocado la ayuda destinada al Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), dirigida a desempleados afectados por la crisis, para la mejora de su empleabilidad e inserción laboral en 2022, y que otorgará hasta el 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), según un extracto de resolución publica hoy el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl).

La duración será por un periodo mínimo de tres meses y máximo de seis y el plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a contar desde mañana.

Beneficiarios

Los beneficiarios son las personas trabajadoras desempleadas que hayan agotado el Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) en cualquiera de sus convocatorias y el Programa de Activación para el Empleo (PAE). También aquellos desempleadas que, tras haber cotizado al régimen especial de autónomos, han cesado en su actividad económica y han extinguido por agotamiento la ayuda económica por cese de actividad. Igualmente, los desempleadas que hayan terminado el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).

Por otro lado, también lo pueden solicitar los desempleados que tengan 52 años o más; así como las personas que, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: hayan sido despedidos o a los que hayan rescindido su contrato, que habiendo cotizado entre 90 y 179 días, no tengan derecho al subsidio de desempleo por carecer de cargas familiares.

Autónomos

Igualmente, pueden demandar la ayuda las personas que tras haber cotizado al régimen especial de autónomos hayan cesado en la actividad por cuenta propia y que hayan cotizado al menos 90 días y menos de 360 días, por cese de actividad, que no perciban otra prestación o subsidio por desempleo o ayuda económica por cese de actividad.

Y las personas trabajadoras del sistema especial para empleados de hogar, a las que se haya rescindido su contrato y hayan cotizado a la Seguridad Social en este sistema especial al menos 90 días a tiempo completo. Por último, también los trabajadoras que hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo que vinieran percibiendo.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios