Borrar
Un vehículo funerario circula por Madrid. Alberto Ferreras
Funeral pop

Funeral pop

Despiden al conductor de un coche funerario por poner la radio y fumar durante el traslado del cadáver junto a la hija del difunto

Iker Cortés

Madrid

Sábado, 29 de junio 2019, 02:03

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Fumó un par de cigarrillos y puso la radio, en concreto, una cadena musical. Todo durante el traslado de un cadáver al cementerio. La cosa no hubiese pasado de anécdota si no fuera porque la hija del finado iba en el interior del vehículo. Ahora la Justicia ha confirmado el despido disciplinario del conductor por sintonizar una cadena de música popular.

Ocurrió en Cáceres, en el trayecto hacia el camposanto de un pueblo de la comarca, Valencia de Alcántara, durante la madrugada del día de Navidad. El conductor no estaba autorizado a trasladar en el coche a ningún familiar, pero accedió a la petición de la hija, que no encontraba acomodo en ningún otro vehículo. ¿La condición que puso el empleado? Según explica el trabajador, fumaría y llevaría la radio puesta, algo que hizo durante todo el trayecto. La familia añade que utilizó un tono «chulesco», asi que en cuanto el cadáver fue enterrado puso una queja. No pasó mucho tiempo hasta que el conductor fue despedido. No dudo en elevar un recurso.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres acaba de rechazar la demanda del empleado. En el escrito, considera justo el cese por el trato «desconsiderado» y «vejatorio» que dio a la familia del fallecido. Dice el magistrado que en una labor como la que desempeñan estos profesionales «la exquisitez de trato» con los familiares es una obligación. Y va más allá. Cree el juez que hubo mala fe con este comportamiento: «Poner música durante todo el trayecto, o más correctamente, imponerla, y no estamos hablando del 'Réquiem', de Mozart, de 'La pasión según San Mateo', de Bach, o de 'Las siete palabras de Cristo en cruz', de Schütz, sino alguna algarabía popular idónea para el esparcimiento y la distracción legítimos en otras circunstancias, veja a la hija del difunto». En este sentido, continúa el escrito, podría argumentarse «que el actor está haciendo un favor a la ofendida, pues pudo y debió dejarla en tierra». «Lo cierto es que el favor no lo es, pues la hija está en una situación de necesidad y quien se ofrece para llevarla en el vehículo sabe que no está en condiciones anímicas de elegir, máxime siendo la madrugada del día de Navidad. Por eso impone sus condiciones aberrantes y se recrea llevándolas a término suponiendo, quizá, que el principal perjudicado será su empleador y no él, pues es consciente de que su acto lo desacredita», señala la sentencia.

Durante el juicio, cuatro testigos han declarado: el director general de la compañía, la hermana de la ofendida y dos compañeros de trabajo. Sólo uno ha dado la razón al chófer. Asegura que el empleado le hizo un favor a la familia y que le pidio permiso. Sin embargo, la declaración choca con la de la hija del difunto, que habla de «recochineo». El otro conductor, cuñado del despedido, corrobora que no era necesario llevar la radio puesta para que funcionara el manos libres, como alegó el empleado.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios