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Fachada principal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León .
El TSJ desestima el recurso de un varón que abusó de su nieta y biznieta en León y mantiene 14 años de prisión

El TSJ desestima el recurso de un varón que abusó de su nieta y biznieta en León y mantiene 14 años de prisión

La sentencia de la Audiencia Provincial de León fue dictada en junio de 2022 y el recurso presentado ha sido «desestimado íntegramente» | Las victimas tenían 10 y 3 años de edad en el momento de los hechos

Leonoticias

León

Martes, 13 de diciembre 2022, 11:52

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto por un acusado de abuso sexual continuado a su nieta y biznieta. La sentencia de la Audiencia Provincial de León fue dictada en fecha 13 de junio de 2022 y ahora se confirma por el tribunal superior.

La Audiencia provincial de León consideró probado que el día 4 de marzo del 2019 el acusado se encontraba en su domicilio de León y, aprovechándose de su condición de abuelastro de la madre de una niña de tres años y de que se encontraba a solas con ella con evidente ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, le introdujo la mano en el interior de la ropa y le tocó su zona genital.

Los hechos no quedaron en eso, ya que posteriormente le introdujo el pene en la boca de la menor para que se la chupara, indicándole que como premio le daría una chuches.

Unos hechos que había repetido con su nieta, cuando esta tenía entre 10 y 12 años, en numerosas ocasiones, pero ella siempre había callado. La primera víctima denunció toda la situación cuando supo de los abusos a su hija.

Sentencia de la Audiencia

Tras la celebración del juicio en la Audiencia Provincial de León, se condenó al acusado como responsable en concepto de autor de un delito de abusos sexuales sobre menores a la pena de 10 años y un día por los abusos sobre la niña de 3 años y a la pena de cuatro años y tres meses por los abusos sobre su nieta.

Además el acusa cuenta con una orden de alejamiento a menos de 200 metros de ambas, así como de comunicación

Finalmente, el acusado debe indemnizar en la cantidad de 14.000 euros a ambas por daños morales y psicológicos.

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