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Restricciones a las subcontratas y más despidos nulos

Restricciones a las subcontratas y más despidos nulos

El Gobierno, además de endurecer el empleo temporal, propone poner freno a la externalización al vetarles el uso de los contratos eventuales y hacer que sus trabajadores se rijan por el convenio de la empresa principal

Miércoles, 9 de junio 2021, 18:02

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Nadie, ni siquiera el Gobierno, considera que la contrarreforma laboral verá la luz pronto. Al contrario, desde el Ministerio de Trabajo admiten que «estamos solo al principio» y son conscientes de que será una negociación «muy larga y compleja», según explicaron a este periódico. Pero confían en «seguir avanzando» en los próximos meses para cerrarla antes del 31 de diciembre, tal y como se han comprometido con Bruselas.

Por el momento encima de la mesa del diálogo social ya hay un primer borrador que, además de endurecer la contratación temporal, también pone freno a la subcontratación y amplía el perímetro de lo que consideran despido nulo. El ministerio dirigido por Yolanda Díaz es fiel a sus principios y también incorpora en esta propuesta dos de sus promesas: recuperar la ultraactividad de los convenios, es decir, que un convenio mantenga su vigencia hasta que se apruebe uno nuevo, y devolver la prevalencia al convenio del sector sobre el de empresa, aunque no en todas las materias. Se trata de dos medidas que exigen los sindicatos pero que cuentan con la frontal oposición de la CEOE.

El veto al contrato temporal que pretende llevar a cabo el Gobierno se extiende a las empresas de subcontratación, que han experimentado un fuerte crecimiento en los últimos años y habitualmente suponen una precarización de los empleos. Para frenar su auge, Trabajo endurece sus condiciones. En primer lugar, «en ningún caso el contrato de duración determinada por razones productivas podrá utilizarse para (…) la realización de trabajos o tareas en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas», según especifica el texto. Significa esto que elimina el contrato de obra y servicio que tanto utilizan estas empresas, para acatar la sentencia del Supremo, y solo podrán utilizar contratos temporales en el caso de que tengan que suplir alguna baja o excedencia. Además, para frenar los bajos salarios que suelen operar en estas empresas de externalización de servicios, el Ejecutivo plantea que «el convenio colectivo de aplicación será el del sector de la actividad ejecutada en la contrata o subcontrata, corresponda esta a la actividad propia de la principal o a una distinta, con independencia de la forma jurídica o el objeto social de la empresa contratista o subcontratista». Solo podrá aplicar el convenio propio en el caso de que «garantice, como mínimo, los mismos derechos que el convenio sectorial que corresponda a la actividad ejecutada en la subcontrata».

Por último, se propone también que exista una responsabilidad subsidiaria de la empresa principal en caso de que la actividad desarrollada por la empresa contratista o subcontratista no forme parte del ciclo productivo de la empresa principal, de modo que tendrá que asumir las obligaciones referidas a la Seguridad Social contraídas por las contratistas y subcontratistas durante el periodo de vigencia de la contrata.

Reforma «intervencionista»

Por otra parte, Yolanda Díaz también pretende atajar la temporalidad poniendo coto al despido gratuito para aquellas empresas que abusan de ella o la utilicen de forma injustificada. Para ello, el borrador introduce un nuevo supuesto para que se aplique el despido disciplinario también en los casos de trabajadores temporales cuyos contratos incumplan las causas justificativas que marca la nueva norma, es decir, aquellos que no están debidamente justificados o que no se han realizado por escrito. Significa esto que el despido de un trabajador temporal fraudulento pasa a considerarse nulo y, por tanto, la empresa está obligada a readmitirle y pagarle el salario por el tiempo que estuvo expulsado, al igual que sucede ahora en el caso de despidos de mujeres embarazadas.

Estas medidas no han sentado nada bien a la patronal, que calificó esta reforma laboral de «ideológica, intervencionista y regresiva». A juicio del presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, está «completamente alejada de los objetivos de convergencia en materia de temporalidad con la UE y de la realidad del mercado laboral español». Asimismo, considera que «lejos de modernizar, limita la capacidad de adaptación de las empresas y advierten de que penalizará la creación de empleo.

Por su parte, los sindicatos lo ven como un punto de partida, pero señalan que falta un mayor desarrollo de su contenido, como determinar las causas y los motivos más precisos sobre la contratación temporal.

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