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José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones EFE
El Gobierno facilita los trámites para recibir el ingreso mínimo vital

El Gobierno facilita los trámites para recibir el ingreso mínimo vital

La Seguridad Social refuerza el cruce de datos con el Padrón y las comunidades autónomas para agilizar la gestión de la nueva prestación

Martes, 22 de septiembre 2020, 17:46

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El Gobierno ha llevado a un decreto las promesas del Ministerio de Inclusión para mejorar la tramitación del ingreso mínimo vital y paliar las consecuencias de un atasco administrativo que llevó en agosto a que varias organizaciones denunciaran que aún no lo estaba cobrando nadie. La mayor novedad reside en que se facilitará la gestión del ingreso mínimo a los beneficiarios de las rentas de inserción autonómicas y de otras prestaciones estatales. La Seguridad Social podrá reconocer a estas personas hasta final de año si la autonomía certifica la constitución de la unidad de convivencia y el cumplimiento de los requisitos de la prestación –salvo el económico, que se comprobará con la Agencia Tributaria o las haciendas forales–.

En cuanto a los trámites, Inclusión procurará el cruce de datos de los titulares de las solicitudes y los del Padrón, lo que evitará que el ciudadano tenga que solicitar documentos a los municipios.

Aunque la cuestión de mayor impacto es que los beneficiarios de la prestación que hayan realizado su solicitud hasta final de año la cobrarán con efecto retroactivo a 1 de junio si en esa fecha cumplían los requisitos. Si entonces no se reunían las condiciones, el ingreso mínimo vital se comenzaría a recibir con efectos retroactivos al primer día del mes siguiente en que se cumplieran. El primer texto de la regulación de la renta mínima contemplaba la retroactividad para quienes hubieran solicitado la ayuda hasta el 15 de septiembre.

El Ejecutivo también ha ampliado el plazo para resolver y notificar las solicitudes hasta los seis meses, lo que garantiza que no se produzca una desestimación por silencio administrativo negativo.

Los solicitantes, además, ya no deberán estar inscritos en los Servicios Públicos de Empleo para solicitar la prestación. Este requerimiento pasará a ser una obligación a posteriori que se habrá de cumplir en los seis meses siguientes al reconocimiento del derecho a la renta mínima. Aunque de esta exigencia estarán exentos los estudiantes menores de 28 años o los cuidadores no profesionales de dependientes, entre otros colectivos.

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