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Congreso de los Diputados. europa press
El Congreso aprueba la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

El Congreso aprueba la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

Los pagos en efectivo no podrán superar los 1.000 euros y se confirma la congelación del alza en el impuesto de matriculación hasta final de año

Clara Alba

Madrid

Miércoles, 30 de junio 2021, 19:20

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Tras meses de debate parlamentario y llegando 'in extremis' a los plazos comprometidos por Bruselas, Congreso ha aprobado por fin el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que contiene cambios en diversas normas y figuras tributarias, tanto para incorporar el Derecho comunitario a la normativa española, como para implantar medidas que refuercen la lucha contra la elusión y la economía sumergida.

Entre las medidas que se incluyen en el Proyecto de Ley se encuentra la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasa de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones en el que interviene un empresario o profesional. A su vez, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Asimismo, la nueva norma contempla la prohibición por ley de las amnistías fiscales, evitando que existan agravios comparativos con la mayoría de contribuyentes, que cumplen con sus obligaciones tributarias. Además, se rebaja de un millón de euros a 600.000 euros el umbral de la deuda con Hacienda que conlleva aparecer en el listado de deudores. Además, se incluyen en esa lista de deudores a los responsables solidarios.

También se refuerza el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo nuevas obligaciones de información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales.

Enmiendas

El Congreso de los Diputados ha culminado este miércoles una tramitación parlamentaria en la que las enmiendas han sido las protagonistas. Entre ellas, se ha conseguido aprobar la congelación de la subida del impuesto de matriculación hasta final de año, aunque la medida no tendrá caracter retroactivo respecto a enero de 2021, cuando entró en vigor.

Otras enmiendas ya aprobadas e incorporadas durante la tramitación corresponden, por ejemplo, a la tributación de las Socimi (sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria), que a partir de ahora tributarán al 15% por sus beneficios no distribuidos. Además, en lo que se refiere a las Sicav (sociedades de inversión de capital variable), se refuerza su control mediante un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tienen que ser 100.

Otra enmienda introducida en la Cámara Baja contempla que cuando sea necesario llevar a cabo una inspección tributaria en el domicilio de un contribuyente, la Agencia Tributaria deberá obtener el consentimiento, bien del obligado tributario, bien una autorización judicial.

Cambios en el valor de referencia del catastro

La nueva ley también contempla una reforma que permitirá que, en el caso de bienes inmuebles, que el valor de referencia del Catastro se convierta en la base imponible de los tributos patrimoniales.

El objetivo de la medida es reducir la litigiosidad provocada por el valor real, un concepto ambiguo que los tribunales asemejaban al valor de mercado. Tal y como señala explícitamente la Ley, el nuevo valor de referencia no puede superar el valor de mercado, para lo que se emplean factores de minoración en su determinación, de manera que su uso como base imponible no implica un aumento de la tributación.

El valor de referencia de cada inmueble se basa en los precios de todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario público. Además, se realizarán valoraciones individualizadas teniendo en cuenta las características de cada inmueble (calidad constructiva, antigüedad, estado de conservación…). Este nuevo uso del valor de referencia, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

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