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Una acción del partido en León. Peio García

Ya hay sanción para la Cultural por el aficionado que lanzó una botella

El club presentó alegaciones ante el juez único de la competición que impone una multa por alteración del orden del encuentro ante el Almería de Copa del Rey

Martes, 10 de diciembre 2024, 19:46

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La Cultural ya conoce la cantidad que deberá abonar por culpa de un persona que quiso erigirse como protagonismo en el tramo final del choque de Copa del Rey del pasado miércoles ante el Almería.

El juez único de competición impuso una multa por «alteración del orden del encuentro de carácter leve» en el escrito de resoluciones que ya se ha hecho público.

Ante esta sanción, el club leonés presentó una serie de alegaciones y pruebas para tratar de reducir el impacto de una pena que está cifrada en 600 euros para la catalogación de los hechos que narraba el acta arbitral.

El colegiado del Cultural-Almería (1-2) exponía que en el minuto 90+3 se lanzaba desde la zona de la grada situada detrás de banquillos un botellín de agua de 33cl sin tapón y llena de agua pasando muy cerca del asistente número 1 pero sin llegar a impactar en él. «Tal hecho se hizo saber al delegado de campo el cual comunicó por megafonía la necesidad de cesar en estas acciones para la continuidad del encuentro». Por este motivo estuvo detenido el encuentro un minuto y medio.

La Cultural expresó en el informe su «rechazo absoluto a los incidentes y defensa de los valores del deporte», aduciendo además que «el club condena enérgicamente cualquier conducta que pueda poner en peligro la seguridad de los asistentes o los participantes en el terreno de juego, incluso cuando, como en este caso, no se produjo ningún impacto físico ni daño material. Estos comportamientos son contrarios a los principios que defendemos y afectan negativamente al desarrollo normal de la competición». También defienden que actuaron con diligencia por el delegado del club, que el dispositivo de seguridad y los controles preventivos fueron efectivos y solicitaba que se valore el rechazo absoluto del club a este tipo de conductas y su compromiso con la investigación de los hechos, la diligencia y eficacia demostrada en las actuaciones inmediatas tras el incidente, el carácter aislado del hecho y su nula incidencia en el desarrollo del partido o la competición y el esfuerzo continuado del club por garantizar la seguridad de todos los asistentes. Concluye el escrito de alegaciones indicando que solicitaba que no se impongan sanciones que puedan perjudicar «injustamente» a la entidad, considerando sus actuaciones «diligentes y la falta de mayores consecuencias derivadas del incidente».

En aplicación de la legislación deportiva y del TAD, la Federación Española de Fútbol entiende que el alegato del club no discute el contenido del acta arbitral y que, sin embargo, sí se vio interrumpido el normal desarrollo del partido al pararse el encuentro un minuto y medio, además d que la botella iba dirigida al asistente.

Teniendo en cuenta que no se produjo un resultado dañoso, que fue un hecho aislado con una incidencia breve en términos de tiempo respecto del desarrollo del encuentro, y que el club actuó con diligencia tal y como explica el árbitro en el acta, así como el rechazo de la Cultural y su apuesta por los valores se reduce la pena desde los 600 euros que se estipulaba hasta los 200 euros por el carácter leve de los hechos, siendo este el grado mínimo por las circunstancias descritas.

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