La patada en la puerta: Marlaska hace bueno a Corcuera

El supuesto de hecho es muy similar, pero hay un gran matiz: Jose Luis Corcuera dimitió, Grande-Marlaska ni dimite ni tiene pensado hacerlo

Miércoles, 21 de abril 2021, 10:32

Todavía asombrado por la forma, y no por el fondo, de la reciente noticia de que seis Agentes de la Policía Nacional se personaron en una vivienda en pleno centro de Madrid alertados por un vecino, y ante la negativa a prestarles su consentimiento para acceder a su interior, arrojaron abajo la puerta del domicilio y en consecuencia iniciaron diferentes expedientes sancionadores o incluso detenciones por posible comisión de delito de desobediencia grave. En términos jurídicos, nos situamos ante un auténtico despropósito por la innegable vulneración de la inviolabilidad del domicilio.

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A este respecto cabe indicar que el artículo 18.2 de la Constitución Española dispone que «el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito». A su vez, el artículo 545 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que «Nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España sin su consentimiento, excepto en los casos y en la forma expresamente previstos en las leyes»

De este modo, el consentimiento es la vía 'natural' para practicar una entrada y registro en un domicilio privado, y sólo su ausencia o la inconveniencia de que el titular del domicilio conozca anticipadamente una proyectada entrada y registro, justifican que ésta sea acordada directamente por la autoridad judicial.

De la lectura de la noticia y de la difusión de imágenes por los medios cabe descartar con rotundidad la existencia de delito flagrante: celebrar una fiesta o reunión que incumpla las normas sanitarias en vigor se trataría, en su caso, de una infracción administrativa, pero en absoluto estaríamos ante delito del Código Penal. Adicionalmente, aplicando el sentido común, también se descarta la existencia consentimiento de los titulares de la vivienda y la existencia de autorización judicial.

La conclusión es clara: la actuación policial es contraria al ordenamiento jurídico vulnerando derechos fundamentales.

Aterrizando en plano político, toda actuación policial siempre está amparada por una orden emitida por el Ministerio del Interior que, en este caso, lidera el Sr. Fernando Grande-Marlaska, es decir, el Ministro, juez de profesión, emite una orden manifiestamente contraria al orden público que vuela por los aires los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Española. Consecuencias políticas: ninguna.

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Hace casi 30 años el entonces Ministro del Interior, Jose Luis Corcuera dimitió como consecuencia de que el Tribunal Constitucional estimara parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular contra la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada durante su mandato, conocida popularmente como la «Ley Corcuera»

El supuesto de hecho es muy similar, pero hay un gran matiz: Jose Luis Corcuera dimitió, Grande-Marlaska ni dimite ni tiene pensado hacerlo.

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