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Artur Mas saliendo de declarar ante el TSJC por la organización del 9N, en 2015. Foto: Efe / Vídeo: Ep

Artur Mas, condenado a pagar 4,9 millones por los gastos de la consulta del 9-N

El Tribunal de Cuentas sentencia que el expresidente y otros nueve ex altos cargos hicieron un uso espúreo de dinero público para organizar la consulta ilegal

Mateo Balín y Cristian reino

Madrid | Barcelona

Lunes, 12 de noviembre 2018, 13:39

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El Tribunal de Cuentas ha condenado al expresidente catalán Artur Mas y a otros ex altos cargos autonómicos a devolver, de forma solidaria, casi cinco millones de euros gastados por la Generalitat de Cataluña en organizar y celebrar la consulta independentista del 9 de noviembre 2014, que fue declarada ilegal por el Tribunal Constitucional.

Según la sentencia de 90 folios, la sección de enjuiciamiento del órgano fiscalizador ha estimado las demandas de las organizaciones Abogados Catalanes por la Constitución y Sociedad Civil Catalana y ha condenado a Mas, los exconsejeros Francesc Homs, Irene Rigau y Joana Ortega y seis personas más por los gastos originados por la consulta del 9-N, cifrados en 4.946.788,16 euros.

La condena es solidaria, por lo tanto la tienen que pagar entre todos los condenados, aunque no a partes iguales. Artur Mas, en tanto que era el presidente y el máximo responsable, debería asumir la parte que no pudieran hacer efectivo entre todos los demás. A Mas se le hace responsable del total de los 4,9 millones de euros y, al resto, se les van imputando importes en función de su papel en el 9-N. Homs debe responder por casi 3,5 millones; Irene Rigau, de 2,8 millones por la compra de los 7.000 ordenadores, y Joana Ortega, por algo más de 1,7 millones de euros.

El Tribunal de Cuentas había embargado provisionalmente bienes de Mas para hacer frente a la cuantía. En marzo de 2017, el expresidente de la Generalitat fue condenado por la vía penal por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Le acusaron de un delito de desobediencia y le impusieron dos años de inhabilitación especial. Ahora está a la espera del recurso de casación en el Tribunal Supremo junto a sus compañeras Irene Rigau (un año y seis meses) y Joana Ortega (un año y nueve meses de inhabilitación por el mismo delito).

En el caso del exdiputado convergente y exconsejero de Presidencia Frances Homs, fue castigado a un año y un mes de inhabilitación en marzo de 2017 por el Tribunal Supremo por desobedecer en el 9-N y a una multa de 30.000 euros.

Poco después de conocer el fallo, Mas, Ortega, Rigau y Homs han calificado la sentencia de «aberración jurídica», que «vulnera la propia jurisprudencia del Tribunal de Cuentas». «No aceptamos en ningún caso la sentencia y reiteramos que de ninguna manera se ha producido ningún gasto irregular que comporte una responsabilidad contable que justifique la pena impuesta», han apuntado en un comunicado.

«Es más, desde el primer momento, el gobierno de la Generalitat ha dejado claro que no se siente perjudicado económicamente y que los gastos del 9-N fueron legales. No sólo eso, sino que durante el juicio penal, el mismo TSJC desestimó el delito de malversación», ha señalado. «La decisión del Tribunal de Cuentas se encuentra muy lejos de la imparcialidad y pretende ser, por un lado, un escarmiento para todos aquellos que llevamos a cabo el proceso participativo del 9-N y, por otro, un aviso para navegantes», ha apuntado. Y ha anunciado que todos ellos presentarán «el correspondiente recurso en la sala de apelaciones del Tribunal de Cuentas».

Mas y los otros tres miembros del entonces Ejecutivo catalán fueron condenados primero por el TSJC y más tarde por el Tribunal Supremo a penas de inhabilitación por los delitos, probados, de desobediencia y prevaricación. No fueron, en cambio, condenados por el delito de malversación, pues no siquiera la Fiscalía les acusó por este delito.

Sin embargo, la entidad antiindependentista Sociedad Civil Catalana presentó el pasado una denuncia ante el Tribunal de Cuentas contra el expresidente catalán y sus excolaboradores con el objetivo de que pudieran «devolver» los gastos que supusieron para la administración catalana la organización de la consulta del 9-N. «El archivo de la causa penal por el delito de malversación de caudales públicos no les exime de que no deban responder por su responsabilidad contable y presupuestaria, al haber dispuesto de fondos públicos para llevar a cabo un proceso de 'participación ciudadana' carente de cualquier cobertura constitucional, legal y presupuestaria», según denunció SCC. Poco después, la Fiscalía apoyó la apertura de una investigación. Finalmente, el Tribunal de Cuentas abrió el procedimiento. Y esta mañana se ha conocido la sentencia, que les condena a devolver los casi cinco millones requeridos.

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