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Multas de 500 euros y 6 puntos de la DGT por una de las acciones más frecuentes al volante

Multas de 500 euros y 6 puntos de la DGT por una de las acciones más frecuentes al volante

Con la nueva Ley de Tráfico, la DGT sancionará con mayor dureza ciertas conductas que ya estaban prohibidas, como el uso del teléfono móvil mientras conducimos

Antonio Távora

Sevilla

Viernes, 27 de mayo 2022, 09:52

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La nueva Ley de Tráfico, que fue aprobada el pasado mes de diciembre y que entró en vigor el pasado 21 de marzo, ha traído consigo varias novedades que se han de tener en cuenta a la hora de conducir. En líneas generales, esta nueva legislación conlleva un endurecimiento general de las multas por determinadas acciones que los conductores suelen realizar al volante. Cabe destacar que estas leyes no solo traen nuevas prohibiciones, sino que también se castigará con mayor dureza ciertas conductas que ya estaban prohibidas, como el uso del teléfono móvil mientras conducimos, cuya sanción pasa a ser más dura.

Arrojar objetos por la ventanilla conlleva una sanción de 500€ y 6 puntos
Arrojar objetos por la ventanilla conlleva una sanción de 500€ y 6 puntos ABC

Otra de las sanciones a destacar es una acción muy habitual como es arrojar objetos por la ventanilla del vehículo. La DGT ha incidido especialmente sobre este asunto, ya que uno de los gestos más frecuentes es ver cómo se tiran colillas a la carretera, con el peligro que ello conlleva. Según la norma actualizada desde el pasado 21 de marzo, arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir accidentes o incendios conlleva una sanción de 500 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir, aumentando en cuatro puntos con respecto a la anterior normativa, ya que antes se castigaba con dos puntos tan solo.

De esta forma, la DGT ha elevado la dureza de estas acciones, que pasan a considerarse muy graves. Y es que tirar una colilla por la ventanilla puede provocar un incendio, especialmente en verano. El 3% de los incendios forestales tienen su origen último en colillas de cigarrillosabandonadas o arrojadas desde alguno de los millones de vehículos que circulan durante esta época del año.

El 3% de los incendios forestales tienen su origen en colillas de cigarrillos tiradas desde el coche
El 3% de los incendios forestales tienen su origen en colillas de cigarrillos tiradas desde el coche ABC

Como se ha mencionado previamente, el simple gesto de sujetar el móvil mientras se conduce también acarreará sanción. Con la nueva Ley de Tráfico, se produce un aumento de tres a seis puntos de sanción por conducir sujetando el móvil con la mano. Cabe destacar que es de gran importancia el matiz anterior, ya que la DGT sustituye en su legislación la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil». En este caso, desde el pasado 21 de marzo la multa asciende a un importe de 500 euros.

Por su parte, en cuanto al cinturón de seguridad y los elementos de protección del vehículo, la DGT ha aumentado de tres a cuatro puntos la sanción por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. Puede parecer que no, pero uno de cada cuatro fallecidos en accidentes de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

Uno de cada cuatro fallecidos en accidentes de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón
Uno de cada cuatro fallecidos en accidentes de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón ABC

Otra acción que será duramente sancionada será la de portar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque estén desactivados. Este tipo de acciones serán consideradas además como una infracción grave, cuya multa asciende hasta los 500 euros de importe económico y la pérdida de tres puntos del carnet.

Por último, aunque no tiene que ver con un acto como tal dentro del coche, con la nueva Ley de Tráfico la DGT castigará con 500 euros de multa a los que utilicen dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para sacarse el carnet o de recuperación de puntos, además de no poder presentarse de nuevo a las pruebas en el plazo de seis meses.

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