Piden ocho años por agredir sexualmente a su sobrina menor de edad
Los hechos ocurrieron en Ponferrada entre 2021 y 2022 en encuentros entre este adulto y una menor de 16 años
La Audiencia Provincial de León juzga este martes a Y.A.D.S., un varón acusado de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y de un delito de utilización de menores para fines pornográficos.
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Los hechos se remontan a los años 2021 y 2022 cuando el acusado mantuvo en al menos tres ocasiones encuentros de carácter sexual con su sobrina, menor de edad, en diferentes domicilios familiares.
Por esta situación, el fiscal solicita una pena de 8,5 años de prisión, la inhabilitación especial mientras dure la sentencia y la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la víctima durante 15 años.
Según el escrito de la fiscalía, la convivencia entre ambos desde 2019 permitió al acusado acercarse a la joven hasta que esta marchó con su familia a Francia. Una vez allí, éstos mantuvieron conversaciones por una red social hasta el regreso de la menor en las vacaciones de Navidad de 2021, momento en el que mantienen relaciones sexuales en forma de tocamientos mutuos y sexo oral aprovechando que el resto de la familia dormía.
Encuentros con la menor
Tras regresar la víctima a Francia, las conversaciones se intensifican e incluyen intercambio de fotografías íntimas. Retoman el contacto en verano y mantienen dos relaciones sexuales completas, siendo sorprendidos en una tercera por la cuñada del agresor, la cual informó al padre de la menor y éste cursó la denuncia.
Se señala que todas las relaciones con la menor de 16 años fueron consentidas.
El varón permanece en prisión por estos actos desde agosto de 2022 y ha abonado 7.000 euros a la familia de la víctima en concepto de resarcimiento, dándose éstos por satisfechos.
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Todos estos hechos son constitutivos de un delito continuado de agresiones sexuales con menores de 16 años y un delito de utilización de menores para fines pornográficos. Por ello, la fiscalía solicita por el primer delito seis años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años. Prohibición de aproximarse o residir a una distancia de 300 metros de la víctima y de comunicarse por cualquier medio con la misma por un periodo de 15 años. Y, por el segundo, dos años y seis meses y un día de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Inhabilitación especial por un tiempo de seis años. Prohibición de aproximarse o residir a una distancia de 300 metros de la víctima y de comunicarse por cualquier medio con la misma o con cualquiera de sus familiares o amigos por un periodo de siete años.
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