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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de León ha estimado la demanda presentada por la Sección Sindical de UGT contra la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que, según asegura el sindicado en un comunicado, «pretendía nombrar el puesto de Jefe de Control Interno, anulando la misma y, en consecuencia, todas las resoluciones que en ejecución y desarrollo haya dictado».
Recuerda el juez en su auto que «[...] la función principal de la Oficina Técnica de Control es la auditoría interna y fiscalización previa, así como el control financiero permanente de la Universidad de León. De esta manera, la actividad desarrollada no tiene desde el punto de vista de las funciones, contenido especial que requiera ser cubierta por el sistema de libre designación, ni concurre la necesidad de una especial confianza, dado que se trata de actividades tasadas, en las que no se requiere de una relación de confianza, sino el cumplimiento por funcionarios de carrera con competencia específica, no pareciendo precisamente razonable que el órgano de control se designe a través de la libre designación».
El juez condena en costas a la Universidad y ahora la Univerdidad podrá recurrir el auto.
Para UGT sin embargo «procede asumir la sentencia, anular la contratación que ha realizado a una persona de su confianza, y cubrir un puesto tan relevante como el de Control Interno por el procedimiento de concurso entre funcionarios de carrera que permita aplicar los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad«.
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