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Votar por correo sin riesgo sanitario, el último embrollo resuelto de la JEC

Votar por correo sin riesgo sanitario, el último embrollo resuelto de la JEC

Se pretendía la regulación de esta forma de ejercer el dercho en los comicios gallegos y vascos del próximo 12 de julio

Efe

Madrid

Domingo, 31 de mayo 2020, 10:07

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La reunión de la Junta Electoral Central (JEC) del pasado miércoles parecía en principio fácil, pero se convirtió en un quebradero de cabeza. La causa fue la regulación del voto por correo en los comicios gallegos y vascos del próximo 12 de julio en un contexto de máxima prevención sanitaria.

El embrollo lo resolvieron los trece integrantes de la JEC gracias a un informe enviado por Correos que aboga por incluir la vía telemática para solicitar el voto, que evita el contacto del cartero con el elector cuando le entregue la documentación electoral y que excluye el desplazamiento a la oficina postal.

A primera vista parece un asunto de trámite zanjado en pocos minutos, pero el miércoles pasado, como indican fuentes del organismo, el asunto necesitó más de cuatro horas.

Resulta que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), por cuyo cumplimiento vela la Junta, no es tan clara al respecto. A partir del artículo 72 regula el voto por correo, y ya aquí señala que para pedirlo hay que dirigirse a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral y formular la solicitud «personalmente».

Surge una primera duda obvia: ¿Y si el elector nota síntomas de Covid-19? ¿Y si cae enfermo? En ambos casos no podría, o no debería, moverse.

El siguiente punto del artículo apunta a una solución, aunque incompleta, porque la ley permite una «certificación médica oficial» en caso de enfermedad que impida el desplazamiento. Ahora bien, debe ser «otra persona autorizada notarial o consularmente» la que muestre dicha certificación. Surgen entonces las mismas preguntas que antes.

La clave, en caso de estar contagiado, es evitar la movilidad y la circulación, como ha sucedido durante semanas en España gracias al estado de alarma. El coronovirus, como bien se sabe ya, es altamente contagioso.

La protección de la salud de las personas

Correos planteó en su informe introducir la vía telemática para cursar la solicitud, lo que la JEC ha avalado por cuanto impera actualmente la protección de la salud de las personas, argumentan las fuentes de la propia Junta.

En la LOREG, un poco más adelante, se localiza la segunda duda. El artículo 73.2 recoge que la Oficina del Censo Electoral envía al elector las papeletas, los sobres, el certificado de petición del voto por correo y un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde votar cuando sean los comicios.

Un cartero se encargará de llevar la documentación al domicilio del elector; el recibo de entrega «deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad».

Las fuentes consultadas recuerdan que cada vez es más frecuente la firma digital, pero no ha desaparecido el uso del bolígrafo, y en un contexto en el que mejor no tocar cosas de los demás, ninguno de los dos métodos parece eludir el riesgo.

Correos, en el informe que la JEC analizó el miércoles, expuso este problema por cuanto no afecta sólo al funcionario que vaya de domicilio en domicilio, sino también a los ciudadanos que deban estampar su rúbrica.

El organismo propuso sustituir la firma por la identificación mediante DNI o documento equivalente, de manera que el ciudadano se limitaría a enseñar el carné y el cartero, a constatar que no hay irregularidades. Tras ello acreditará que la documentación se ha entregado y se marchará.

¿Cómo entrega la papeleta?

El tercer entuerto de la reunión del pasado miércoles se manifestó tras reparar en que también se exige desplazamiento para entregar la papeleta rellenada.

La sugerencia hecha por Correos planteó dar al elector la opción de entregar la papeleta cumplimentada al cartero, en la puerta de su casa y con máxima garantía del «secreto» del voto.

Tal y como aclaran las fuentes, así será, por lo que se permitirá excepcionalmente que el ciudadano entregue la papeleta dentro del sobre y que el funcionario expida «un justificante acreditativo» de emisión.

La Junta Electoral resolvió estas tres dudas el miércoles pasado tras una sesión que se alargó más de lo previsto. Fue la primera reunión presencial en meses, desde que se declaró el estado de alarma.

Dar curso al voto por correo sin las exigencias «presenciales» que establece la LOREG generó un largo debate jurídico. Prevaleció la protección de la salud de los trabajadores de Correos y de los propios votantes, recalcan las fuentes.

A los acuerdos sobre estos tres elementos la Junta añadió un cuarto: que las autoridades gallegas y vascas den «la máxima difusión posible» a estas opciones «extraordinarias» y novedosas. Las elecciones en Galicia y en el País Vasco serán las primeras de la historia en ofrecerlas.

Puede, sin embargo, que haya más. Las fuentes de la JEC avanzan que habrá que revisar qué hacer para asegurar el derecho al voto de las personas mayores que viven en residencias. En una próxima reunión se analizará.

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