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Un grupo de militares españoles durante unas prácticas de tiro. Archivo
Nueva altura mínima para entrar al Ejército: 160 centímetros a hombres y 155 a mujeres

Nueva altura mínima para entrar al Ejército: 160 centímetros a hombres y 155 a mujeres

Defensa modifica el reglamento de acceso, que afectaba sobre todo a la escala de oficiales

Mateo Balín

Madrid

Jueves, 1 de enero 1970

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El Ministerio de Defensa ha modificado la altura mínima requerida en las futuras convocatorias para el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas y la fija en 160 centímetros para los hombres y en 155 para las mujeres.

Con esta decisión, Defensa pretende evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española.

Esta medida se ajusta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 18 de octubre de 2017 en contra de establecer unas estaturas mínimas comunes para ambos sexos.

Defensa pretende evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres

Además, se igualan los requisitos de talla mínima en todos los procesos de selección con independencia de si se accede a las escalas de oficiales, suboficiales o a la de tropa y marinería. Se evita, además, que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.

Por último, Defensa pretende mantener unas tallas mínimas similares a las de los países de nuestro entorno que permitan obtener la calidad física necesaria, compatible con las exigencias operativas de nuestras Fuerzas Armadas.

Casi un 30%, fuera

Los requisitos de acceso para la escala de oficiales era de 160 centímetros tanto para hombres como para mujeres, lo que generaba discriminación porque casi un 30 por ciento de las españolas no alcanzan esa altura.

El Gobierno ha dado este paso después de que la Comisión de Defensa del Congreso aprobara hace un año por unanimidad una proposición no de ley planteada por Ciudadanos para modificar este criterio.

Asimismo, con el propósito de evitar la discriminación por razón de género que puede producirse por el hecho de utilizar diferentes prendas de uniforme, Defensa modificará la base de las convocatorias correspondientes incluyendo el texto: «Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades».

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