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Rosa María Seoane. Efe
¿A quién creyó el tribunal?

¿A quién creyó el tribunal?

La abogada del Estado, Rosa María Seoane, llegó al procedimiento en una posición complicada pero su relato acusatorio ha primado sobre el de la Fiscalía

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 14 de octubre 2019, 16:09

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El tribunal del 'procés' se ha decantado en la sentencia por el relato de hechos formulado por Rosa María Seoane, la abogada del Estado que defendió contra viento y marea en su escrito de acusación los delito de sedición y/o malversación de caudales públicos.

Seoane, de 47 años, aterrizó en el departamento de penal en diciembre de 2018 tras un largo periplo por la jurisdicción contencioso-administrativa. Lo hizo con un reto mayúsculo: defender que el 'procés' fue un ataque contra el orden público, no contra el sistema constitucional.

Una postura jurídica complicada en un momento de extremos con el tema catalán. De hecho, no fueron pocos los dirigentes políticos que señalaron a la ministra de Justicia, Dolores Delgado -a cuyo departamento pertenece la Abogacía del Estado- por este cambio de criterio.

La llegada de Seoane al procedimiento coincidió con la salida de su colega Edmundo Bal, diputado de Ciudadanos en la última legislatura, que criticó con dureza la nueva postura de la Abogacía tras apreciar inicialmente el delito de rebelión en la fase de instrucción del 'procés'.

Con este ambiente hostil - «no ha sido fácil ni fuera ni dentro«, ha admitido hoy Seoane, el tribunal presidido por Manuel Marchena ha respaldado en su práctica totalidad el escrito de la Abogacía y ha rechazado la tesis de la rebelión de la Fiscalía del Supremo, la gran 'derrotada' en el procedimiento.

«Mera quimera»

Sobre el papel, si la Abogacía no hubiera defendido la sedición podríamos estar hoy ante una sentencia absolutoria, recuerdan desde el departamento jurídico del Estado.

Como Seoane, el tribunal ha creído que los dirigentes independentistas animaron a los ciudadanos a «alzarse pública y tumultuariamente» el 1 de octubre de 2017 para impedir el cumplimiento de la ley y la retirada de las urnas. Que el referéndum ilegal se presentó «falazmente» como una «votación legítima» y que la Declaración Unilateral de Indepedencia (DUI) del 27 de octubre siguiente fue «ineficaz».

En ningún caso, añade la resolución, hubo riesgo de ruptura de España. «El Estado mantuvo en todo momento el control de la fuerza, militar, policial, jurisdiccional e incluso social. Y lo mantuvo convirtiendo el eventual propósito independentista en una mera quimera», recoge. Pese a que hubo violencia puntual, en ningún caso fue suficiente para sustentar el delito de rebelión, tal y como propuso la Abogacía del Estado.

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