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El Supremo dicta 17 años de prisión a dos hermanos por dejar morir a su madre

Ana Delia Arceo tuvo una «muerte agónica, dolorosa y sufrida» bajo el cuidado de sus hijos, condenados por homicidio por omisión

Doménico CHiappe

Madrid

Lunes, 15 de octubre 2018

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El Tribunal Supremo de Justicia ratificó ayer la condena de 17 años de prisión para dos hermanos que dejaron morir a su madre, de 76 años y afectada de demencia. Ana Delia Arceo tuvo una «muerte agónica, dolorosa y sufrida», según la opinión del médico forense consultado durante el juicio, ante la mirada impasible de su hija Ana Antonia Llarena, su hijo José Ramón Llarena y la nuera María Nazareth González. En una habitación insalubre con heces en el suelo y las paredes murió Ana Delia de desnutrición severa, martirizada por las llagas que supuraban y escaras que llegaban hasta el hueso, laceraciones conquistadas por larvas de mosca días atrás. Heridas abiertas y sucias que «duelen mucho», tanto que hicieron que la mujer se encogiera en la cama hasta la posición fetal en que «tenía que haber pasado muchos meses» pues las piernas se hallaban «anquilosadas». Tanto tiempo sin cuidado ni higiene que la longitud de las uñas del pie indicaban que hacía un año que nadie las cortaba. Tan solo pesaba 25 kilos.

El final llegó por desnutrición severa. «La fallecida estaba deshidratada, con anemia importante que podría proceder de la desnutrición, con infección de bacterias, que estaba consumiendo sus reservas proteínicas al no recibir alimentos», atestiguó el Servicio de Criminalística. Ese «cuadro muy largo de agonía y dolor» se completaba con una infección grave de pulmón, con pus en los bronquios. Fiebre, tos, esputos, gemidos. Nada más emanaba de Ana Delia que, según los registros médicos, comenzó su declive vital quince años antes de su deceso. En 2000 perdió autonomía para caminar y hacer las actividades cotidianas. Padecía osteoporosis, artrosis, incontinencia urinaria y demencia senil.

Larga agonía

Uno de sus hijos vivía con ella. La otra, la visitaba con frecuencia. Ambos negaron que no la cuidaran, como era su deber. «Obligación no sólo natural sino civil, que desemboca en el ámbito penal (…)», establece el Supremo. «No incurre sólo en un homicidio imprudente o abandono, sino en un delito de homicidio en comisión por omisión». Ambos habían apelado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, debido, según su recurso ante el Supremo, a que las «pruebas indiciarias» vulneraban su «presunción de inocencia», ya que ellos «ignoraban la gravedad y extensión de la enfermedad de la madre que «no pudieron prever los profesionales que la atendieron».

Sin embargo, los informes médicos confirman esa falta de «mínimo interés» precisamente en la inexistencia de consultas y requerimientos de atención para Ana Delia, declarada «persona dependiente» por el Servicio Canario de Salud. A finales de 2013, diagnosticada ya como «demenciada», ingresó en el hospital de la Candelaria con «múltiples úlceras infectadas» y los facultativos recomendaron cambios de posición cada dos horas, pero dos meses después volvió por el mismo motivo. Se repitieron las curas y la enfermera le enseñó al hijo cómo hacerlas. Se ordenó un seguimiento que nunca se cumplió, a pesar de que el centro médico «se encontraba a escasos metros y contaban con una silla de ruedas». Tampoco pidieron la asistencia domiciliaria.

En agosto de 2015 murió entre las 18:00 y las 20:00 horas. A media mañana del día siguiente, los hermanos comunicaron el fallecimiento a las autoridades. Ayer el Supremo suscribió que «a pesar de ser conscientes de la situación de su madre y teniendo capacidad para cuidarla y ocuparse de ella, desatendieron totalmente sus necesidades más elementales (...) lo que desembocó, como resultado previsible y evitable, en el fallecimiento de doña Ana Delia».

Este «no hacer de los hijos» provocó, así, un «sufrimiento mayor del que puede desprenderse de un acto homicida puntual de corta duración en el padecer de la víctima».

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