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Sánchez junto a Rivera, en un mitin de mayo del año pasado.
Rivera investiga facturas irregulares de la campaña electoral de C's en Murcia

Rivera investiga facturas irregulares de la campaña electoral de C's en Murcia

El partido incumple la ley al endosar a la Asamblea regional, «por error», gastos de las elecciones autonómicas

Gregorio Mármol

Viernes, 22 de abril 2016, 11:18

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Sea por incompetencia, descuido o desfachatez, Ciudadanos (C's) se echó ayer una palada de tierra sobre su prestigio político en Murcia al trascender que ha cargado a la Asamblea Regional al menos unos diez mil euros en facturas pertenecientes a gastos realizados durante la campaña de las elecciones municipales y autonómicas del pasado 24 de mayo. Se trata de una actuación irregular por cuanto contraviene la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y porque el partido que lidera a nivel nacional Albert Rivera carecía de grupo parlamentario antes de esos comicios.

La anomalía cometida por un partido que proclama tener en su ADN la transparencia y la regeneración moral de la que dice que carecen otras formaciones trascendió ayer por un correo electrónico recibido en la Secretaría General de la Asamblea, como adelantó ayer La Verdad.

Dicho envío alertó a los órganos económico-financieros de la Cámara de que una decena de facturas presentadas por ese partido para justificar sus gastos entre junio y diciembre del año pasado se corresponden en realidad con desembolsos de la campaña electoral tras la que consiguió cuatro diputados regionales y representación en la mayoría de los ayuntamientos murcianos.

Esas facturas aparecen junto con otras presentadas por C's para justificar gastos generales de su grupo desde el inicio de la legislatura, en junio, hasta el pasado 31 de diciembre. Este partido recibe y administra una subvención fija mensual de 9.875 euros al grupo y de 2.395 por cada diputado (en total, 19.455). Tras vencer el año, tiene la obligación de justificar sus desembolsos con recibos que después revisa la intervención de la Cámara antes de su aprobación definitiva. Esa fase de fiscalización interna aún no ha comenzado, pero, según fuentes parlamentarias, se podría acelerar para descartar que las facturas sean falsas o que ya estén pagadas en tiempo y forma en Barcelona.

Según la documentación que obra en poder de la Asamblea, distintos proveedores de servicios -desde una agencia de publicidad hasta una imprenta- emitieron en mayo facturas por distintos conceptos a nombre de Ciudadanos Partido de la Ciudadanía, con dirección en la Gran Vía de las Cortes Catalanas de Barcelona. Sin embargo, los servicios prestados fueron abonados entre los meses de octubre y noviembre, después de que las mismas empresas emitieran nuevas facturas a nombre del Grupo Parlamentario Ciudadanos, con sede en el Paseo de Alfonso XIII de Cartagena.

Las facturas, a detalle

Lo llamativo de los documentos es que algunos de los que fueron reemitidos en noviembre hacen constar que se trataba de trabajos realizados con motivo de las elecciones de junio, más allá de los 90 días que establece la ley para liquidar esos gastos. Así ocurre con una factura que una productora de Murcia emitió por 1.897,50 euros el día 2 de noviembre de 2015 en concepto de «Guión y producción audiovisual para campaña elecciones locales. Agrupación Local de Murcia». Y la que una publicación realizó casi un mes antes, el 7 de octubre, para cobrar 500 euros correspondientes a un anuncio en «la página 27 de fecha 18/05/2015».

Una asociación de Molina de Segura que organizó un taller de percusión brasileña emitió la misma factura de 600 euros (la A15/009) primero a Ciudadanos Barcelona, con fecha 22 de mayo, y luego al grupo parlamentario, el 12 de julio. También las hay por importe de 6.305 euros emitidas por una imprenta de Torre Pacheco proveedora de material electoral y otra de 360 euros a una firma de regalos de empresa. Estas fueron pagadas el 5 de noviembre.

La ley de Régimen Electoral General obliga a los partidos a unificar pagos e ingresos de campaña en una cuenta bajo control exclusivo de un administrador, que deberá pagar en el plazo máximo de 90 días los compromisos adquiridos, según establece en sus artículos 124 y 125. Además, el 128 prohíbe la aportación a esa cuenta de fondos de cualquier administración, corporación y empresa pública. El último control corresponde a las juntas electorales central y provincial, así como al Tribunal de Cuentas del Estado.

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