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Victorino Alonso llega a la Audiencia Provincial de León. Sandra Santos

La Audiencia suspende 'sine die' el juicio contra Victorino Alonso y admite a trámite un recurso de CMC

La empresa minera ha solicitado su presencia en la causa como responsable civil solidario | Al carecer la parte afectada del escrito de acusación se ha optado por la revisión de las actuaciones

R.FARIÑAS

Lunes, 24 de septiembre 2018, 11:17

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La Audiencia Provincial de León ha decidido no iniciar este lunes el juicio previsto conta el empresario minero Victorino Alonso al admitir un recurso presentado por los administradores concursales de Coto Minero Cantábrico.

CMC ha solicitado su presencia en la causa al conocer que la acusación, ejercida por el representante de Narsil, Antonio Arias Tronco, había solicitado una responsabilidad civil a la minera.

Llegado este caso, y al carecer la parte afectada el escrito de la acusación por ausencia en el procedimiento, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha optado por la suspensión de la vista y la revisión de las actuaciones para garantizar a las partes el acto procesal.

Las críticas del denunciante a Victorino

La acusación particular, ejercida por uno de los vecinos con propiedades en el municipio de Villablino y al que se le fueron expropiadas, era uno de los primeros en llegar a la Audiencia Provincial.

Arias Tronco recordaba que él había sido «el único» que hizo frente en su momento a Victorino Alonso. «Ahora protestan; y que sigan sobándole el rabo a este pájaro, que es lo que hicieron toda la vida».

Las duras palabras expresadas por este ciudadano contra el empresario minero fueron a más y ante los medios y calificó al propietario de Coto Minero Cantábrico como «un pájaro insolvente, que es multimillonario; mientras que yo no tengo para comer y me estoy gastando el dinero en abogados para defenderme y se aprovecha todo el mundo».

Tras una hora tratando cuestiones previas en el interior de la sala de vistas, el presidente de la sala determinaba la suspensión 'sine die' del juicio.

Las razones de la suspensión

«Las razones son que la representación de una empresa, para la que todas las acusaciones piden una indemnización, ha alegado que no se le dio traslado de los escritos de acusación para defenderse», argumentaba Teodoro González.

El magistrado ha apuntado que ahora deberá decidir si se debe dar traslado de los escritos a la empresa y que la causa vuelva al Juzgado de Instrucción de Villablino para que se dé copia de los escritos a Coto Minero Cantábrico y, tras ese trámite, se volverá a señalar fecha para el juicio. Esta situación no debería prolongarse en el tiempo más de «tres o cuatro semanas».

La postura de la empresa CMC la ha defendido su abogado al término de la sesión. «Era una cuestión necesaria, de orden público, una parte que aparece como responsable civil solidario y no se ha dado traslado para presentar escrito de defensa». César Garnedo cree que la decisión es la «inteligente» porque luego se podría haber presentado nulidad de actuaciones y echar abajo el trabajo de la vista oral.

24 años después

La realidad la hacía más visible el exalcalde de Villablino, también acusado de prevaricación en esta causa. «Es una denuncia de hace 17 años, sobre un tema de hace 24 años; no deberíamos estar aquí sino que debería de haberse resuelto hace tiempo».

Las partes acusadas creen que el cambio de legislación, desde 1994 -cuando empieza a levantarse el Feixolín- y la presentación de la denuncia -en el año 2001- obliga a que la toma de decisiones judiciales se elabore situándose en aquel momento cuando, según aseguran, se cumplían las leyes de impacto ambiental vigentes y, por lo tanto, la empresa contaba con la legalidad.

Los hechos que se juzgan

Según el escrito del Ministerio Fiscal al que ha tenido acceso leonoticias, las sociedades 'Minero Siderúrgica de Ponferrada' - fundada el 31 de octubre de 1918- y su sucesora Coto Minero Cantábrico –constituida en junio de 2008- llevaron a cabo de forma continuada e ininterrumpida la explotación minera del 'El Feixolín' en Villablino, entre los años 1995 y 2008.

La actividad de ambas empresas en el 'Feixolín' se desarrollada en 210 hectáreas de manera plenamente consciente y deliberada en suelo rústico común y rústico de especial protección forestal según el PGOU de Villablino. Además, contaba con todos los elementos necesarios para el funcionamiento de una cantera de grandes dimensiones -dos pistas de acceso, balsa de decantación, escombreras y naves industriales-, que no se adaptaban a la legalidad vigente.

El Feixolín se encuentra enclavada en el Espacio Natural 'Alto Sil' y en la Red Natura 2000 además es una zona con presencia clara de especies en peligro de extinción como el oso pardo y el urogallo cantábrico. Asimismo, el territorio fue declarado por la Unesco en 2004 como Reserva de la Biosfera 'Valle de Laciana'.

Según las conclusiones del Ministerio Fiscal, la actividad desarrollada por ambas empresas ha provocado «una afección gravísima para el medio ambiente y el entorno natural incluso después de la intensa labor de restauración llevada a cabo en la zona».

Concretamente, la explotación del Feixolín causó un paisajístico y provocó la destrucción de forma directa de dos afluentes de los ríos Orallo y San Miguel y la explotación una vez restaurada supone un resigo moderado respecto a la contaminación de aguas superficiales.

Además, la cantera se asienta de forma plena sobre tres hábitats de flora de interés comunitario que se vieron afectados de forma directa y significativa y su explotación afectó de «modo grave» al oso pardo y al urogallo cantábrico.

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