Una empresa leonesa, obligada a pagar 5.300 euros por un despido encubierto
La trabajadora fue dada de baja antes de conocer su incapacidad permanente, lo que el tribunal considera un despido improcedente
Un juzgado ha condenado a una empresa de León a abonar 5.338,91 euros a una trabajadora por despido improcedente, después de que esta fuera dada de baja en la Seguridad Social mientras se encontraba a la espera de la resolución de un expediente de incapacidad permanente.
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La empleada, que trabajaba como limpiadora, estaba de baja médica cuando la Seguridad Social inició el proceso para determinar su incapacidad.
El 25 de marzo de 2025 se reconoció su situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual con fecha de efectos del 23 de marzo. Fue el despacho de abogados Bufete Prida quien representó a la afectada.
Una baja sin aviso
Sin embargo, la empresa la dio de baja en la Seguridad Social el 23 de marzo, antes de que la trabajadora recibiera oficialmente la resolución, lo que ocurrió el 31 de marzo.
El tribunal considera que la empresa no realizó los trámites necesarios antes de la baja para valorar posibles ajustes que le hubieran permitido seguir trabajando en otro puesto, lo que constituye un despido improcedente encubierto.
La sentencia es firme y obliga a la empresa a indemnizar a la trabajadora con 5.338,91 euros.
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