El TSJ confirma la condena de la Audiencia de León de 6 años de prisión a un joven por maltratar a su pareja
La Audiencia de León condenó al varón a «2 años y 6 meses de prisión por el delito de maltrato habitual, y 10 meses de prisión por cada uno de los cinco delitos de maltrato apreciados» | El TSJ desestima el recurso de apelación del acusado y «confirmamos íntegramente la misma con expresa imposición de costas al apelante»
El TSJ ha confirmado la condena de la Audiencia de León de 6 años y ocho meses de prisión a un joven por maltratar a su pareja. La Audiencia de León condenó al varón a «2 años y 6 meses de prisión por el delito de maltrato habitual, y 10 meses de prisión por cada uno de los cinco delitos de maltrato apreciados».
El TSJ desestima el recurso de apelación del acusado y «confirmamos íntegramente la misma con expresa imposición de costas al apelante». Así, por ésta sentencia, contra la que cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.
La sentencia recurrida
La sentencia recurrida parte de que, al no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes, lo que permite al tribunal recorrer toda la extensión de la pena, fijándola en atención a las circunstancias personales del delincuente y a la mayor o menor gravedad del hecho, se tiene en cuenta que parte de los hechos fueron cometidos por el acusado en el domicilio de la víctima.
Así como que se aprecia en la conducta del acusado hacia la víctima una gravedad, más bien un grado de perversidad, de agresividad y de intensidad suficientes para haber causado en ella, que apenas tenía 20 años de edad, importantes desajustes emocionales. Todo lo cual justifica que no se imponga al acusado la pena mínima a cada delito apreciado, sino la correspondiente dentro de la mitad superior, 2 años y 6 meses de prisión por el delito de maltrato habitual, y 10 meses de prisión por cada uno de los cinco delitos de maltrato apreciados.
Control total sobre la víctima
La Audiencia de León declaró probado que el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, mantuvo una relación sentimental estable con la denunciante que duró unos cuatro años finalizando, a instancia de esta, en los últimos días del mes de noviembre de 2018.
El control previo a la ruptura llegó a ser tal que el acusado prohibió a su pareja matricularse de los estudios deseados en León, porque «había muchos hombres» que cursaban esa carrera. La permitió matricularse en Barcelona con la condición de que vivieran juntos, pero la familia de la víctima no se lo permitió.
Este comportamiento de acusado se exacerbó con el paso del tiempo, aumentando su agresividad, las humillaciones y las amenazas, haciéndose frecuentes las agresiones físicas y cada vez más violentas en todo el cuerpo de su compañera sentimental, como cara, ojos, nariz, piernas y caderas, siendo esta conducta violenta la táctica agresiva utilizada para investigar si esta había podido estar con otros chicos y le había sido infiel.
El acusado después de esas múltiples y repetidas agresiones, decía a su compañera sentimental que «lo hacía para que aprendiera a portarse bien y no volviera a engañarle», al tiempo que la amenazaba con seguir agrediendola y, además, causar daños a su familia si le era infiel.