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Martes, 13 de septiembre 2016, 20:07
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En el BOE del lunes 12 de septiembre publica la Orden ESS/1452/2016 de 10 de Junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Con esta nueva regulación se elimina definitivamente la obligatoriedad de contar con el libro de visitas en el centro de trabajo, pero además de regular los aspectos formales, dicha Orden, establece la obligación de conservación de los libros de visitas anteriores a la entrada en vigor de esta orden.
Esta nueva norma regula que los inspectores y subinspectores extenderán diligencia por cada visita con el lugar y fecha de expedición, identificación del funcionario actuante, datos de la empresa, nombre y apellidos de la persona que haya atendido al funcionario, circunstancias de la colaboración y materias examinadas.
Esta nueva norma asegura que si en la diligencia se formulara requerimiento de subsanación de deficiencias, éste contendrá «las anomalías o deficiencias apreciadas con indicación del plazo para su subsanación».
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