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Más de 1.300 enfermaras leonesas podrán dispensar recetas.
1.323 enfermeras dentro de la provincia de León podrán 'recetar' medicamentos y vacunas a sus pacientes

1.323 enfermeras dentro de la provincia de León podrán 'recetar' medicamentos y vacunas a sus pacientes

La secretaria general de la FsSP UGT en Castilla y León, Carmen Ámez, recomienda la lectura de la «letra pequeña» antes de ejercer este derecho por parte de los profesionales

J.C. | E.P.

León | Madrid

Jueves, 1 de enero 1970

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el nuevo Real Decreto de 'prescripción enfermera' por el cual los profesionales de Enfermería podrán recetar medicamentos y dispensar las vacunas, y que nace por la necesidad de «aportar seguridad jurídica» al manejo de medicamentos que este colectivo usa ya «habitualmente».

«Esta cuestión de medicamento siempre se referirá a medicamentos sujetos a prescripción médica y que se desarrollen con un marcado carácter colaborativo y aparecerán en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial», ha anunciado la portavoz del Gobierno y ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros.

Celaá ha explicado que se trata de un acuerdo «importantísimo» tomado con el «sector en su conjunto». «Tenemos aquí un colectivo de enfermería muy cualificado y queremos que ayude al profesional médico prestando toda su colaboración desde esa cualificación alta que tiene nuestro sector de enfermería», ha señalado.

1.323 profesionales en León

En el caso de la provincia de León la medida permitirá a un total de 1.323 enfermeras realizar recetas médicas, 361 de ellas en el marco de la Atención Primaria y 962 como Especialistas.

En su conjunto se trata, según ha asegurado este viernes la secretaria general de la FsSP UGT en Castilla y León, Carmen Ámez, de una medida positiva al ser ampliamente reclamada.

Sin embargo Ámez ha recordado en esta jornada que no todo «es positivo» y que antes de ejercer este nuevo derecho conviene realizar «una lectura pormenorizada» de la letra pequeña.

Aspectos como la responsabilidad del profesional en el ejercicio y otros anexos a la norma ahora aprobada convienen ser revisados en profundidad por los profesionales.

Modificación del Real Decreto

El texto, que salió este verano a información pública, ha sido aprobado tanto por los profesionales médicos como enfermeros y analizado por el Consejo de Estado, el cual remitió este jueves su informe al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, tal y como adelantó la propia ministra, María Luisa Carcedo, durante su comparecencia en la Comisión de Sanidad del Senado.

Así, señala que las actuaciones de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos suscritos a prescripción médica por parte de los enfermeros se desarrollarán en un marco de «carácter colaborativo» y con la finalidad de «garantizar la continuidad asistencial» y la seguridad de los pacientes.

De esta forma, se modifica el Real Decreto de 'prescripción enfermera' aprobado en agosto de 2016 por el ex ministro de Sanidad del Gobierno de Mariano Rajoy, Alfonso Alonso, y que consiguió enfrentar a médicos y enfermeros.

Una normativa bien acogida por los médicos, pero criticada por los enfermeros, quienes la tacharon de una «ilegalidad absoluta» por romper con el Estado de Derecho y vulnerar la reforma de la Ley del Medicamento que se aprobó por unanimidad en el Congreso de los Diputados en diciembre de 2009 para habilitar nuevas competencias a los enfermeros.

No obstante, con Dolors Montserrat como ministra de Sanidad, los médicos y enfermeros, en el seno del Foro Profesional, acordaron modificar la citada normativa y, poco tiempo más tarde, la propia ministra anunció que la Cámara Baja ya había iniciado el trámite de consulta pública para modificar el Real Decreto.

Acreditación de los profesionales

Del mismo modo, el documento se adapta a una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en la que establece que la acreditación de los profesionales es competencia «exclusiva» de las comunidades autónoma. Es decir, que a la hora de acreditar a los enfermeros como prescriptores, serán las autonomías quienes emitan dicha acreditación.

Según ha explicado al respecto la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, presente también en la rueda de prensa posterior al Consejo, «lo que viene a terminar de concretar este nuevo Real Decreto es la materia de acreditación de la competencia de las enfermeras».

«La acreditación, según determino el Tribunal Constitucional, le correspondía a las comunidades autónomas, y esto es lo que se modifica, se hace el planteamiento dirigido a las CCAA, eso sí con una serie de requisitos de formación que pueda ser homogéneo en todo el territorio, y se ha hecho con los colegios de enfermería y yo diría también que deacuerdo con todos los colectivos médicos que han colaborado a la hora de establecer la delimitación de funciones que se podía tener por este colectivo», ha recordado.

Los requisitos que deben reunir estos profesionales para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, se basan en tener un título de graduado o diplomado de Enfermería y haber adquirido las competencias necesarias para esta práctica.

Bases

De este modo, el real decreto, que sienta sus bases en la colaboración entre las profesiones médica y enfermera, permite a las y los enfermeros indicar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos de acuerdo con lo que se establezca en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que se fijarán en la Comisión Permanente de Farmacia, ya creada.

La norma recoge los aspectos registrados en el acuerdo que alcanzado en el seno del Foro de las Profesiones Sanitarias para la modificación del Real Decreto 954/2015. Este pacto sentó las bases de las correcciones a introducir en el real decreto modificado gracias al pacto acordado entre los representantes de la profesión médica y enfermera.

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