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Dos jubilados caminan por la calle. Óscar Chamorro
¿A qué edad podré jubilarme ahora y bajo qué condiciones?

¿A qué edad podré jubilarme ahora y bajo qué condiciones?

Solo seis de cada diez trabajadores se retira a la edad legal, mientras que un 14% se ve obligado a anticipar su pensión y sufrir un recorte

Domingo, 11 de octubre 2020, 01:09

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Una de las grandes preocupaciones de los trabajadores, sobre todo de los de más edad, es cuándo podrán jubilarse, qué requisitos tienen que cumplir y cuál será la cuantía de la pensión. Pero no existe un único camino para el retiro, sino que pueden contemplarse diferentes opciones en función de la edad y el número de años cotizados. A continuación se exponen las principales modalidades de acceso a la jubilación y las condiciones que hay que cumplir.

Jubilaciones ordinarias. Son las que se producen a la edad legal y representan en la actualidad algo más del 60% del total. En 2020 se sitúa en los 65 años para los trabajadores con una carrera de cotización de, al menos, 37 años, y de 65 años y diez meses para aquellos cuya carrera de cotización es inferior. Sin embargo, en 2027, año en el que finaliza el período transitorio introducido por la reforma de 2011, la edad de jubilación será ya de 67 años para quienes no tengan 38 años y seis meses de cotización. El período de cotización mínimo necesario para acceder a una pensión ordinaria no se modificó en la ley de 2011 y continúa siendo de 15 años. Eso sí, se exigen 36 años (37 años en 2027) para tener derecho al 100% de la base reguladora.

Jubilaciones anticipadas involuntarias. Son las que se producen a una edad inferior a la legal como consecuencia de un despido. El número de años de anticipación sobre la edad ordinaria puede ser, como máximo, de cuatro, y cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación lleva aparejado un coeficiente reductor que disminuye la cuantía de la pensión. Se exige una carrera de cotización de, al menos, 33 años. En los últimos años su número ha ido decreciendo pero aún así son cerca del 14% de los nuevos jubilados.

Jubilaciones anticipadas voluntarias. Se producen también a una edad inferior a la edad ordinaria, pero por la libre voluntad del trabajador. En este caso la edad de jubilación no debe anticiparse más de dos años a la edad ordinaria, y los coeficientes reductores son mayores que los de la jubilación anticipada involuntaria. Además, el período de cotización exigido también es mayor y alcanza los 35 años. Pese a la penalización que conlleva, la escogen cerca de un 15% de los nuevos pensionistas.

Jubilaciones parciales y flexibles. Permiten compatibilizar el cobro de una prestación con el ejercicio de una actividad laboral, algo por lo que opta un 11% de los nuevos jubilados. En las jubilaciones parciales el trabajador comienza a cobrar una pensión al tiempo que pasa a ejercer su actividad laboral a tiempo parcial. Esta jubilación puede producirse a una edad inferior a la legal si se celebra un contrato de relevo para cubrir al trabajador que adquiere la condición de pensionista. En la jubilación flexible, un trabajador jubilado puede compatibilizar la pensión con un contrato a tiempo parcial.

Jubilaciones demoradas. El acceso a la jubilación se produce a una edad superior a la edad legal. Se les premia con porcentajes adicionales sobre la base reguladora en función del número de años cotizados por encima de la edad legal, de modo que el porcentaje aplicado a la base puede superar el 100%. Pero para acceder a esta bonificación el trabajador tiene que acreditar el período de cotización mínimo de 15 años en el momento de cumplir la edad ordinaria. Constituyen el tipo de pensión con la edad de jubilación más alta: 69,1 años, pero apenas se acogen menos del 5% de las nuevas altas.

Mutualistas. Estos trabajadores tendrían la opción de jubilarse a partir de los 60 años si cumplen una serie de requisitos. Cabe señalar que el peso de este colectivo ha ido cayendo en los últimos años y a día de hoy es muy reducido. Así, en 2006 representaban más del 20% del total de las nuevas jubilaciones, pero en 2018 supusieron únicamente el 0,3%.

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