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La nueva declaración de la renta, en cinco claves

La nueva declaración de la renta, en cinco claves

El próximo 6 de abril comienza la campaña, la primera tras la aplicación de la reforma fiscal del Gobierno, que trae novedades como una rebaja del IRPF, nuevas deducciones y supresión de otras, o el programa Renta Web

Lucía Palacios

Miércoles, 30 de marzo 2016, 12:47

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Apenas falta una semana para que comience la campaña de la Renta de 2015, la primera tras la plena aplicación de la reforma fiscal aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, que supone una reducción de los tipos de gravamen a las rentas del trabajo y de los capitales mobiliarios.

Los plazos

6 abril: inicio de la campaña, con la presentación por internet tanto del borrador de la renta como de la declaración propiamente dicha.

8 de abril: Hacienda comienza a realizar las devoluciones.

4 de mayo: ya se puede solicitar el servicio de petición de cita previa para ayuda y atención en oficinas.

10 de mayo: comienza la declaración presencial de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.

25 de junio: fecha límite para presentar la declaración con domiciliación bancaria.

29 de junio: último día para solicitar la cita previa.

30 de junio: fin de la campaña 2015.

¿Quién está obligado a declarar?

Se mantiene que los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros están excluidos de hacer la declaración cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de uno la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros). Y se eleva a 12.000 euros la renta máxima que exime de este trámite fiscal a los contribuyentes que tienen más de un pagador siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Pero, como siempre, existen excepciones: sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aun teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Cambio en los tramos del IRPF

La nueva tarifa aplicable a la parte general de la base imponible reduce tanto el número de tramos (de siete a cinco) como los tipos marginales aplicables a cada uno, los cuales, tras adelantar el Gobierno en julio la rebaja prevista para 2016, se quedaron con una tarifa intermedia transitoria que oscila entre el 19,5% de mínimo y el 46% de máximo. Así se han quedado:

- De 0 a 12.450 euros: 19,5%.

- De 12.451 a 20.200 euros: 24,5%.

- De 20.201 a 35.200 euros: 30,5%.

- De 35.201 a 60.000 euros: 38%.

- A partir de 60.001 euros: 46%.

También se reducen los tipos en las rentas del ahorro (depósitos, acciones, dividendos...). Éstos son los tres tramos:

- De 0 hasta 6.000 euros: 19,5%

- De 6.000 a 50.000 euros: 21,5%

- Más de 50.000 euros: 23,5%

Nuevas deducciones y fin de otras

Deducción para familias numerosas o con dependientes. Gracias de nuevo a la reforma fiscal, los hogares con tres hijos o más tendrán una deducción adicional de 1.200 euros al año, una cantidad que pueden percibir en un solo pago o de forma anticipada a razón de 100 euros al mes, tal y como cobran desde hace años las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años (ayuda que también se mantiene). Además, el grupo denominado 'familia numerosa de categoría especial' (cinco o más hijos o cuatro y determinadas condiciones) la ayuda será doble, y cobrarán 2.400 euros al año o bien 200 euros al mes. Esta deducción sumará otros 1.200 euros más en caso de que alguno de los menores tenga una discapacidad superior al 33% e incluso otros 1.200 euros si le sucede lo mismo a uno de los progenitores. Es decir, se trata de cuatro ayudas que pueden ser acumulables entre sí hasta sumar el total de 4.800 euros de deducción.

Más deducciones para las donaciones: pasan de un 25% al 50% para los primeros 150 euros donados y de un 27,5% hasta un 32,5% a partir de 150 euros.

Supresión de la deducción por alquiler, si bien se articula un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015 de manera que la supresión sólo afectará a los nuevos arrendamientos.

Supresión de la reducción por cuotas de afiliación y demás aportaciones a partidos políticos, que a partir de ahora darán derecho a una deducción del 20%, con una base máxima de 600 euros anuales.

Renta Web, para hacerla 'online'

La principal novedad de este año es un nuevo modelo de presentación de declaración denominado Renta Web. Este instrumento pretende fusionar el borrador de la Renta y el programa PADRE. El objetivo es agilizar la declaración al no requerir la necesidad de descargarse ningún programa en su ordenador, sino realizar toda la operación a través de una aplicación ubicada en la web de la Agencia Tributaria. Una de las ventajas de este nuevo sistema es que dota de más flexibilidad a la declaración -se puede iniciar, interrumpir y luego reanudarla desde el punto en el que se dejó- y también la portabilidad, es decir, se puede iniciar en un ordenador y acabar en una tablet. Este sistema llegará a más contribuyentes que el borrador; de hecho, sólo están excluidos los autónomos y profesionales, que deberán utilizar el programa PADRE.

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