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Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Félix Ordóñez
TSJCyL reconoce el derecho de los funcionarios a cobrar incrementos retributivos y trienios durante la baja médica

TSJCyL reconoce el derecho de los funcionarios a cobrar incrementos retributivos y trienios durante la baja médica

Se trata de la segunda sentencia que permite reclamar los atrasos tras volver de la baja

El Norte

Valladolid

Jueves, 25 de abril 2019, 12:51

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha reconocido el derecho de los funcionarios a percibir los incrementos retributivos y los trienios generados pese a estar de baja médica, en la que es ya la segunda sentencia en la materia, según informa la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), informa Europa Press.

El fallo del TSJCyL va en línea con uno anterior, también de un Tribunal Superior, en este caso de Galicia, por lo que consolida doctrina judicial sobre este tipo de situaciones. De esta manera, los funcionarios que se encuentran en situación de incapacidad temporal (IT) pueden reclamar los atrasos al reincorporarse a su puesto de trabajo.

En concreto, en esta segunda sentencia, de 5 de abril de 2019, se reconoce a una funcionaria de Justicia su derecho a percibir en la nómina la cantidad correspondiente al trienio perfeccionado (actualizado a su antigüedad) y el incremento retributivo conforme a la Ley de Presupuestos, aunque se encuentre en situación de incapacidad temporal, asegura CSIF a través de un comunicado recogido por Europa Press.

La recurrente estuvo de baja por enfermedad desde el 22 de octubre de 2015 hasta el 4 de octubre de 2016 tras una intervención quirúrgica y posterior ingreso hospitalario. En el transcurso de su baja, esta funcionaria cumplió su noveno trienio en la Administración, pero no le fue abonado.

Además, durante este periodo de baja, la funcionaria tampoco percibió la subida de sueldo, trienios y resto de retribuciones complementarias, fijada en un 1% en los Presupuestos Generales del Estado de 2016 para el personal del sector público.

CSIF celebra que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia ganada por el sindicato, dé la razón a esta trabajadora al reconocerle el abono del trienio consolidado con efectos retroactivos e intereses, así como el derecho a percibir el 1% de subida de ese año más los intereses correspondientes.

La anterior sentencia sobre este mismo tema (de 14 de noviembre de 2016), del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, también reconoció este derecho a un funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

En el citado fallo, se determinó que el trienio es una retribución que tiene por finalidad compensar al funcionario por su prestación continuada de servicios y «no puede quedar afectada por una situación episódica y eventual», como que el trabajador se encuentre en una situación de incapacidad temporal.

Además, indicó que se puede entender que durante la baja no se perciba la cantidad correspondiente al trienio perfeccionado, pero que no existe ninguna norma que impida que el funcionario tenga derecho a los atrasos que correspondan una vez que reciba el alta médica.

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