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Raúl de la Hoz y Alfonso Fernandez Mañueco en la sede regional del PP de Valladolid. Alberto Mingueza
Archivada la denuncia sobre supuestas irregularidades en las primarias de Mañueco

Archivada la denuncia sobre supuestas irregularidades en las primarias de Mañueco

El Juzgado de Instrucción 2 de Salamanca señala que «el escrito de denuncia relataba hechos de manera tergiversada y subjetivamente interesada para darles una apariencia delictiva»

El Norte

Valladolid

Jueves, 13 de junio 2019, 14:39

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El Juzgado de Instrucción 2 de Salamanca ha decretado el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias abiertas para investigar el proceso electoral de primarias del Partido Popular de Castilla y León «al carecer los hechos de tipicidad penal».

El auto de archivo aclara que «la formación de la causa no perjudica a la reputación de las personas citadas en el escrito de 'denuncia anónima' origen del presente procedimiento».

La resolución señala que «el escrito de denuncia relataba hechos de manera tergiversada y subjetivamente interesada para darles una apariencia delictiva».

La denuncia obligó a la apertura de un procedimiento penal, por lo que el juez concluye que «la persona 'denunciante anónima' ha obrado con temeridad y mala fe, por lo que ha de ser condenada al pago de la totalidad de las costas procesales causadas, las cuales se tasarán y ejecutarán si en algún momento fuere identificada la referida persona 'denunciante anónima' que ha provocado el inicio de las presentes actuaciones».

En el auto se desvela el nombre de las tres personas que prestaron declaración en sede judicial, que fueron Enrique Sánchez-Guijo, hasta ahora concejal de Economía, Empleo y Deportes en el Ayuntamiento de Salamanca, Isabel María de la Torre, vicepresidenta de la Diputación de Salamanca y concejala del Ayuntamiento de Santa Marta, y Cristina Klimowitz, concejala de Familia e Igualdad de Oportunidades en el Ayuntamiento de la capital salmantina.

De acuerdo con la resolución, «en relación a los hechos investigados, del resultado de la instrucción practicada, a tenor de las coherentes, coincidentes, convincentes, y creíbles declaraciones prestadas en sede judicial como testigos» de estos tres cargos electos del Partido Popular en la legislatura 2015-2019, y expresamente citados en el escrito de «denuncia anónima» como conocedores de los hechos, «siendo referidos testigos las únicas personas que cita la denuncia anónima» a efectos de poder recabar indicios probatorios, «ha de concluirse que no concurren elementos de tipicidad penal en los hechos investigados, por lo que, al no ser los hechos denunciados constitutivos de ilícito penal alguno, es procedente decretar el Sobreseimiento Libre y Archivo de las presentes actuaciones»

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