Borrar
El Gobierno amplía el plazo para modificar las declaraciones de seguro de secano en explotaciones de Castilla y León

El Gobierno amplía el plazo para modificar las declaraciones de seguro de secano en explotaciones de Castilla y León

El plazo se ha prolongado hasta el 10 de abril cuando inicialmente estaba fijado hasta el próximo viernes

ical

Martes, 27 de marzo 2018, 11:02

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (Enesa), ha ampliado el plazo para la realización de modificaciones en las declaraciones de seguro de secano para explotaciones de cultivos herbáceos extensivos en Castilla y León.

Ante la escasez de precipitaciones el año pasado, que ocasionó la reducción del volumen de agua almacenada en los embalses, fue posible asegurar parcelas que inicialmente eran consideradas de regadío, como parcelas de secano, en los seguros contratados para explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, informaron fuentes ministeriales a través de un comunicado.

Esta posibilidad implicaba que, si finalmente las parcelas de regadío declaradas como parcelas de secano pudieran recibir riego, se podrían dar de baja en la declaración de seguro de secano hasta el 1 de abril de 2018, y ser incluidas a partir de esa fecha, en la declaración de seguro de regadío. Debido al nivel de los embalses por las lluvias de las últimas semanas, la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) decidirá en los próximos días la dotación de riego que podrá destinarse a los cultivos de cereales de invierno.

Por este motivo, las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas agroalimentarias han solicitado en el Grupo de Trabajo de la Comisión General de Enesa ampliar la fecha límite establecida para hacer las modificaciones en las declaraciones de seguro de secano hasta el 10 de abril para las pólizas suscritas en Castilla y León.

Además de las modificaciones habituales, como las bajas de parcelas por no siembra, cambios de cultivo y altas de parcelas, se podrán dar de baja hasta el 10 de abril las parcelas de regadío que se aseguraron en la declaración de seguro como secano, pero que, finalmente van a disponer de riego, siempre y cuando se incluyan en la declaración de seguro de regadío.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios