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Junqueras habla con Puigdemont (d). Quique García (Efe)

El Constitucional suspende por unanimidad la reforma para la aprobación exprés del referéndum del 1 de octubre

El tribunal admite a trámite el recurso contra la reforma del reglamento del ‘Parlament’ que permite dar luz verde a la consulta en trámite de lectura única

Lunes, 31 de julio 2017

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No ha habido sorpresas. El Pleno del Tribunal Constitucional -reunido de manera extraordinaria este lunes- ha admitido por unanimidad a trámite esta tarde el recurso del Gobierno contra la reforma del reglamento del 'Parlament' que da luz verde a la aprobación exprés del referéndum de 1 de octubre. La admisión, acordada en una sesión que ha durado menos de una hora, supone que la reforma queda en suspenso de forma automática, ya que el Gobierno tiene constitucionalmente la capacidad de frenar cualquier «disposición o resolución» que emane de los «órganos de las comunidades autónomas» invocando, como ha hecho, el artículo 161.2 de la carta magna, ante la corte de garantías.

La cámara autonómica dio luz verde el miércoles de la pasada semana a que el legislativo pueda aprobar leyes por el mecanismo de lectura única. Una normativa redactada 'ad hoc' para acelerar la aprobación tanto de la ley del referéndum del 1 de octubre como las otras normas conocidas leyes de «desconexión».

El Tribunal acuerda la notificación personal de la providencia a la Presidenta del Parlamento de Cataluña y Presidenta de la Mesa, Carme Forcadell i Lluís; al Vicepresidente Primero, Lluís Guinó i Subirós; al Vicepresidente Segundo, José María Espejo-Saavedra Conesa; a la Secretaria Primera, Anna Simó i Castelló; al Secretario Segundo, David Pérez Ibáñez; al Secretario Tercero, Joan Josep Nuet i Pujals; a la Secretaria Cuarta, Ramona Barrufet i Santacana; al Secretario General del Parlamento de Cataluña, Xavier Muro i Bas; y al Letrado Mayor del Parlamento de Cataluña, Antoni Bayona i Rocamora.

El Tribunal advierte a todos ellos “del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, señala, les advierte de su deber de abstenerse de “iniciar, calificar, introducir en el orden del día de cualquier órgano del Parlamento de Cataluña y, en general, de dictar acuerdo alguno que implique la tramitación de una proposición de Ley por el procedimiento de lectura única en aplicación del impugnado apartado segundo del art. 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir en caso de incumplir dicho requerimiento”.

En su recurso, el Ejecutivo de Mariano Rajoy, que el pasado viernes obtuvo el aval del Consejo de Estado, alegaba ante el órgano que preside Juan José González Rivas que la reforma del reglamento de la cámara autonómica aprobada con los 71 votos de Junts pel Sí (la coalición del PDeCAT y Esquerra) más los anticapitalistas de la CUP, vulnera el derecho de participación política (en este caso de los minoritarios) en condiciones de igualdad reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución.

La suspensión cautelar de esta reforma debería tener efectos visibles a la vuelta de las vacaciones. El legislativo catalán tiene previsto aprobar en su primer pleno del curso, el próximo 6 de septiembre, la normativa que daría el supuesto paraguas legal para la consulta secesionista. Y lo haría inaugurando el procedimiento exprés de lectura única que acaba de suspender el Constitucional. De manera simultánea -y por el mismo procedimiento bloqueado por la corte de garantías- el 'Parlament' podría, si bien todavía no es seguro, dar luz verde al corpus normativo de la llamada «desconexión».

La abogacía del Estado ya trabaja en sus escritos ante el Constitucional en el caso de que, efectivamente, la cámara catalana desoiga la suspensión decretada hoy en septiembre. El Gobierno pediría entonces la aplicación directa de sanciones a los desobedientes, según fuentes del Ministerio de Justicia. El Ejecutivo -de acuerdo con estas mismas fuentes- no va a dudar en pedir la aplicación de la reforma exprés aprobada en otoño 2015 por el Congreso con los únicos votos del PP para forzar a que fuera el propio tribunal el que se encargue de castigar (y con más dureza) a las instituciones o autoridades públicas que desobedezcan sus resoluciones. Una reforma que fue avalada por el propio Pleno del tribunal el pasado noviembre, tras los recursos de los gobiernos vasco y catalán.

El Constitucional, con la suspensión aprobada esta tarde del reglamento de la cámara catalana, se convertirá de nuevo en el dique de contención frente al órdago independentista. La corte de garantías ha venido fallando siempre a favor del Ejecutivo desde que en noviembre de 2015 comenzara la batalla legal del Gobierno de Mariano Rajoy contra las maniobras secesionistas impulsadas desde el legislativo catalán. Un mes después de la aprobación de ese inicio del proceso de desconexión tras las elecciones de septiembre de 2015, la corte declaró ilegal esa declaración. En septiembre de 2016 suspendió las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente. Solo un mes después, los magistrados impulsaron la investigación sobre la responsabilidad penal de Carme Forcadell por desobedecer sus resoluciones. Ya en febrero de este año, el Constitucional estimó el incidente de ejecución del Gobierno contra la resolución de 'Parlament' que daba luz verde al referéndum. Y el pasado mayo, los magistrados ampararon al Ejecutivo cuando recurrió el decreto de la Generalitat de creación del Comisionado para la Transición Nacional.

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