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Alfonso Basterra.
El Supremo afirma que Asunta estaría viva sin la intervención de su padre

El Supremo afirma que Asunta estaría viva sin la intervención de su padre

La sentencia señala que Alfonso Basterra «intervino con actos esenciales que condujeron a la ejecución del hecho criminal proyectado»

Mateo Balín

Martes, 22 de noviembre 2016, 18:03

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El asesinato de la niña Asunta Yong Fang, el 21 de septiembre de 2013 en las inmediaciones de Santiago de Compostela, escribió este martes el último capítulo en los tribunales de Justicia después de que el Supremo diera a conocer hoy la sentencia firme del caso. Pese a que el pasado 11 de octubre ya se adelantó el fallo por parte de la Sala de lo Penal, que desestimó por unanimidad los recursos de casación interpuestos por Rosario Porto y Alfonso Basterra, padres de la menor, contra la sentencia del Tribunal Superior de Galicia que condenó a 18 años de prisión a cada uno, la sentencia hace ahora apreciaciones sobre la implicación de ambos en el crimen.

En el caso de Alfonso Basterra, el Supremo considera que la sentencia recurrida, al igual que el jurado popular por unanimidad, señaló al padre autor del asesinato de su hija, ya que participó en la decisión en plano de igualdad con Porto e intervino con actos esenciales que condujeron a la ejecución del hecho criminal proyectado. No nos hallamos ante un supuesto de exceso, por cuanto Rosario ejecutó lo acordado, ni tampoco ante actos previos no imprescindibles, ya que sin la intervención del recurrente no hubiera podido ser llevado a cabo el macabro desenlace. Ninguna prueba o justificación exculpatoria existe sobre el carácter que pretende atribuirse a su actuación, afirma el magistrado José Ramón Soriano, ponente de la sala.

Añade que el Tribunal Superior consideró con fundamento que aunque no haya podido pormenorizarse por entero la intervención del recurrente en el hecho, ha llegado al convencimiento de que éste participó en plano de igualdad con la acusada, sin datos que abonen una intervención subordinada en la decisión, aportando al hecho criminal acciones relevantes en su fase ejecutiva (momentos antes de la muerte).

El mortal «medicamento»

La sentencia, cuyo fallo se adoptó por unanimidad, concluye que los hechos incriminatorios son los mismos en el padre y la madre de la menor hasta el día del desenlace, en que los tres comen juntos y durante el tiempo que están comiendo o en la sobremesa en casa del padre ingiere el medicamento; a las 6:20 horas acompaña a la niña, conociendo los síntomas del medicamento, lo que va a favorecer la muerte (alevosa) a la vez, que en su entorno vital más próximo podrían considerar la muerte un efecto de la enfermedad padecida (ataque de alergia).

Del mismo modo, añade que aunque el jurado popular estimó que el padre estuvo en la casa de Montouto en el momento de producirse la muerte de Asunta, -basándose en que si las acompañó hasta el coche no resulta lógico que las dejara solas-, el Tribunal Superior alteró ese relato fáctico y con buen criterio aplicó el derecho a la presunción de inocencia, y ante la inseguridad de que Alfonso Basterra estuviera en los asientos traseros del coche en que viajaba la madre y la hija, considera que no estuvo allí, pero tampoco descarta que pudiera haber estado en Montouto esa tarde, ante la ausencia de pruebas que lo excluyan.

Para el Supremo, el suministro previo y reiterado de tal medicamento productor de tan perniciosos efectos para la salud de la niña realizado por ambos cónyuges, sin que ningún médico lo aconsejara, ni recetara, atribuyendo a la menor una dolencia que no padece (alergia) y su empeño en propagar ese hecho entre las personas cercanas, favorecido todo ello por el concierto de ambos (sin esa circunstancia habría resultado imposible llevar a buen término el macabro plan), así como atribuir un intento de agresión a la menor a un propósito del agresor de asfixiarla (no existe prueba de que el incidente ocurriese), constituyen un cúmulo de datos incriminatorios que no hallan explicación alguna, si no se relacionan directamente con el propósito de acabar con la vida de la menor.

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