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La avenida Fernández Ladreda.
Dos okupas se enfrentan a una pena de prisión por usurpar una vivienda en Fernández Ladreda seis meses

Dos okupas se enfrentan a una pena de prisión por usurpar una vivienda en Fernández Ladreda seis meses

La pareja, que se llevó demás diferentes electrodomésticos al abandonar la vivienda y dejó adeudada una factura con Iberdrola, justifica la existencia de un contrato verbal

A.C.

Jueves, 12 de octubre 2017, 10:15

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Dos okupas se enfrenta a diez meses de prisión por un delito de usurpación de inmueble y robo tras ocupar un inmueble en León capital durante seis meses sin autorización del propietario. La pareja será juez el 23 de octubre a las 10:45 horas en el Juzgado de lo Penal nº2 de León.

Según las calificaciones previas, los hechos tuvieron lugar en enero del 2014 cuando los acusados accedieron a la vivienda situada en la avenida Fernández Ladreda que había estado arrendada a una tercera persona desde marzo del 2014.

La pareja, que permaneció en el inmueble hasta agosto, cuando la abandonaron se llevaron la lavadora, el frigorífico y otros enseres, valorados pericialmente en 710 euros, con la finalidad de obtener un beneficio económico, adeudando además a la compañía Iberdrola la cantidad de 193,30 euros, que tuvo que abonar el perjudicado para dar de alta la luz.

El Ministerio Fiscal entiende que los hechos son constitutivos de un delito de hurto y un delito leve de usurpación de inmueble por lo que solicita una pena de 10 meses de prisión y una multa de tres meses a razón diaria de cuatro euros. Asimismo, los acusados deberán indemnizar conjuntamente al propietario de la vivienda con 710 euros por los efectos sustraídos y 139 por perjuicios.

Por su parte, la defensa alega que el propietario era pleno conocedor de que el inmueble estaba siendo utilizado por la pareja con quien había pactado de forma verbal su uso. Es, recuerda que su cliente efectuó varios pagos al propietario, llegando a presentar el recibo del mes de marzo en los juzgados, negando además la sustracción de cualquier objeto.

Por todo ello, recuerda que los hechos narrados no constituyen delito alguno y por tanto entiende que no procede la imposición de pena alguna.

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