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Entrada de MIriam Caballero a la Audiencia Provincial con los gritos de su hijo de fondo.
El hijo de Roberto Larralde recrimina a su madre: «Asesina. ¿Por qué has matado a mi padre?»

El hijo de Roberto Larralde recrimina a su madre: «Asesina. ¿Por qué has matado a mi padre?»

La familia Larralde lleva a las puertas de la Audiencia al hijo del boxeador y la única mujer implicada en el crimen, que accede con la mirada clavada al suelo | El presidente-magistrado hace entrega al jurado del objeto del veredicto con 72 preguntas

leonoticias

Miércoles, 1 de marzo 2017, 11:23

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«Asesina. ¿Por qué has matado a mi padre?». Con estas palabras, cargadas de rabia y dolor, ha recibido este miércoles el hijo de Roberto Larralde a su madre, Miriam Caballero, una de las cinco personas acusadas de un delito de asesinato por el crimen del exboxeador.

Lo ha hecho a las puertas de la Audiencia Provincial de León, en primera plana, por delante de otros miembros de la familia Larralde, y justo cuando su madre se bajaba del vehículo policial que cada mañana la traslada hasta las dependencias judiciales por estar bajo protección.

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Entre lágrimas, el adolescente, instigado también por los familiares de Roberto, la ha preguntado por qué mató a su madre. Pero no ha habido respuesta alguna

Miriam ha accedido a la Audiencia con la mirada clavada al suelo, evitando el cruce de mirada con su hijo y ante los gritos de algunos de los familiares de Larralde. Pero mira a tu hijo, asesina.

Ha sido el momento más delicado de esta jornada del miércoles que se preveía tranquila, casi de trámite a la espera de la lectura del veredicto que previsiblemente tendrá lugar antes del fin de semana.

Sin embargo, la amplia presencia de importante número de miembros de la familia Larralde ha obligado a ampliar el operativo policial en torno a las dependencias judiciales.

Ya en el interior, el presidente-magistrado ha hecho entrega a los miembros del Jurado del objeto del veredicto así como de las instrucciones para dar respuesta a las 72 preguntas que lo conforman.

Instrucciones del magistrado

Durante su intervención, ha explicado la apliacción de la Ley del Jurado, con sus orígenes en las Cortes de Cádiz y ha respondido a la pregunta de ¿cómo ciudadanos sin conocimientos jurídicos pueden determinar la culpabilidad o inocencia de alguien? El magistrado ha señalado que la labor del jurado popular es actuar sobre hechos y que la calificación jurídica le corresponderá a él posteriormente. «Dame el hecho y yo te diré el derecho», sostuvo recordando sus estudios en la Facultad de Derecho.

El presidente objetó que lo que debían tener en cuenta era «lo visto y oído en las sesiones del juicio, en los interrogatorios a los acusados, en las pruebas testificales, las periciales y las documentales».

Del mismo modo, quiso incidir en la larga duración de este procedimiento, iniciado hace más de dos años. Los testimonios de la fase de instrucción podrán ser objeto a tener en cuenta por el jurado a través de la contradicción o la aportación de testimonio realizada por fiscal, acusación o defensas.

Sobre la presencia de pruebas directas, el magistrado declinó esta posibilidad «como suele ocurrir en la mayoría de delitos», por lo que les asesoró sobre los indicios, hechos que no prueban delito pero junto a otros la unión de todos ellos, que aislados no prueban nada, aplicando experiencia, sentido común y lógica se puede denotar el delito.

Un punto fundamental de la deliberación del jurado popular será la motivación, que consiste en explicar de foma concisa y breve las razones que les han llevado a decantarse por un hecho probado o no probado. En ella se incluyen los medios de prueba y se debe realizar en lenguaje llano. En caso de no llegar a un acuerdo deberán votar a favor del acusado.

Encerrados y bajo custodia

Ahora, encerrados a cal y canto, incomunicados y bajo custodia, los miembros que conforman el tribunal jurado del juicio por el crimen del boxeador leonés se encuentran inmerso en la deliberación que determinará si el crimen de Roberto Larralde fue un plan entre cinco personas ideado por su mujer y su amante -Miriam y Julio- o si por el contrario sus asesinos aún no han sido identificados.

Curiosidades del jurado

  • Los miembros del jurado deberán de actuar bajo los principios de independencia, responsabilidad y sumisión a la Ley estando terminantemente prohibido cualquier ataque o intromisión en su libertad de criterio, de opinión y de voto.

  • La votación de los hechos objeto de veredicto se hará en alta voz, por orden alfabético y votando en último lugar el portavoz.

  • Ninguno de los Jurados podrá abstenerse de votar, estando sancionado con una multa de 450 euros. En caso de persistir la negativa, se deduciría testimonio y se impondría una sanción de entre 601 y 3.000 euros.

  • La deliberación será secreta y ninguno de los jurados podrá revelar lo que haya manifestado, opinado o votado.

  • Para ser declarados probados tales hechos, el jurado deberá alcanzar una mayoría de siete votos sobre cinco en el caso de que tengan el carácter de desfavorables, y cinco votos en el supuesto de que tengan el carácter de favorables.

  • El portavoz del jurado podrá solicitar ayuda a la Presidencia o a un funcionario de la Audiencia Provincial para la confección o escrituración del acta.

  • El presidente-magistrado solicitará la opinión de los nueve miembros del jurado popular sobre si ven razonable o no la suspensión de la ejecución de las penas privativas de lbertad.

  • En caso de que surjan dudas en el transcurso de la deliberación y votación, los miembros del jugado podrán pedir la presencia del presidente-magistrado, que podrá intervenir transcurridas 48 horas del acto de deliberación.

  • En caso de duda, el jurado deberá de decidir en el sentido más favorable a las acusadas, es decir, alcanzar un grado de convencimiento más allá de toda duda razonable.

Lo primero que deberán hacer es nombrar un portavoz, que será el encargado de dar voz al resultado de las deliberaciones. Hasta ahora, la primera ciudadana que apareció en el sorteo, estaba siendo la anunciadora del jurado popular.

Previsiblemente, el veredicto se dará a conocer antes del fin de semana aunque no hay ningún plazo fijado por ley. Por ejemplo, en el mediático juicio por el crimen de la presidenta de la Diputación de León, la deliberación se prolongó durante 72 horas y la lectura del veredicto tuvo lugar en la jornada del sábado.

Para ser declarados probados tales hechos, el jurado deberá alcanzar una mayoría de siete votos sobre nueve en el caso de que tengan el carácter de desfavorables, y cinco votos en el supuesto de que tengan el carácter de favorables.

La votación de los hechos objeto de veredicto se hará en alta voz, por orden alfabético y votando en último lugar el portavoz. Ninguno de los Jurados podrá abstenerse de votar, estando sancionado con una multa de 450 euros. En caso de persistir la negativa, se deduciría testimonio y se impondría una sanción de entre 601 y 3.000 euros.

Petición de penas

Miriam Caballero se enfrenta a 23 años de prisión, la pena más elevada, por asesinato con el agravante de parentesco. Por su parte, Julio López, su amante y el presunto cabecilla del plan, se enfrenta a 20 años de prisión mientras que José Ramón Vega, el presunto verdugo de Roberto, a 22 años de prisión.

20 años también piden para Froilán Álvarez, detective privado, como para Carlos Heli de la Red, trabajador de Julio, aunque Fiscalía y acusación han incluido la posibilidad de que ambos sean culpables de un delito de asesinato en calidad de cómplice.

Los letrados de los cinco acusados solicitan su libre absolución al sostener que no han participado en ningún plan para acabar con la vida de Roberto Larralde, y como tal, según han reiterado, no existe prueba alguna que las incrimine, tan sólo indicios, que «son suficientes para acusar pero no para condenar».

Los mejores parados han sido Adrián Martinez Rodríguez y Antonio Gabarri Romero, distribuidores del arma, que se enfrentan a penas entre medio y un año de prisión por un delito de tenencia de ilícita de armas.

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