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Las entidades bancarias deben enviar una carta a los afectados.
Enero: el mes de las cláusulas suelo

Enero: el mes de las cláusulas suelo

Ante las dudas que se presentan a los afectados por este tipo de acuerdo, el asesoramiento jurídico podría ser vital para conseguir que los pasos en la reclamación sean los adecuados

PPLL

Viernes, 20 de enero 2017, 12:21

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Desde que el 21 de diciembre de 2016 el TJU publicara la sentencia que resolvía sobre la retroactividad total de las devoluciones de las sumas indebidamente abonadas por todos aquellos titulares de préstamos hipotecarios en los que se había incluido por la entidad bancaria la famosa cláusula de invariabilidad de los tipos de interés (cláusula suelo), el Gobierno y los distintos partidos políticos están intentando arbitrar medidas globales para dar una solución a los afectados, pero ¿Qué se debe hacer si se quiere reclamar?

Beatriz Ruiz, del despacho de abogados Abogaleon, letrado con más de trece años de experiencia en procedimientos contra entidades bancarias, aclara cual es la mejor forma de proceder. «En primer lugar resulta imprescindible estudiar en profundidad de las condiciones de la escritura de préstamo hipotecario, estudio que es necesario que se realice por un abogado especializado que nos recomendará los pasos a seguir para el caso concreto. Debemos recordar que cada hipoteca es distinta y, por lo tanto, necesita una revisión personalizada», señala Beatriz Ruiz.

Las entidades bancarias tendrán la obligación de enviar una carta a todos los afectados, pero, «al margen de las actuaciones de la entidad, contactar con un abogado especializado desde el primer momento, que dirija y tutele el proceso de negociación, es vital para evitar errores insubsanables», señala la abogada.

Una vez que se sabe que se es afectado y que se cuenta con el mejor asesoramiento, hay que valorar la conveniencia de acudir a la vía extrajudicial arbitrada por el Gobierno, en la que se negociará la retirada de la cláusula declarándola nula y el reintegro de las sumas indebidamente abonadas son sus respectivos intereses. Esta vía extrajudicial es voluntaria para los afectados y obligatoria para las entidades bancarias, y deberá quedar resulta en un plazo máximo de tres meses.

Medidas urgentes del Gobierno

Parece que Real Decreto-Ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo prevé la obligatoriedad de que los bancos emitan un oferta formalizada en la que se especifiquen todas las sumas correspondientes a la operación en cuestión y los intereses de demora que se abonarán a cada afectado, por lo que «no veo ningún inconveniente en estudiar las condiciones de negociación en primer término y, a la vista de las mismas y sopesando las más conveniente para cada cliente, aceptar la oferta u optar por acudir a los tribunales en defensa de otros intereses».

Más dudas me ofrecen las últimas informaciones publicadas en relación con que la posible devolución será a través de productos de inversión o amortizaciones de la hipoteca objeto de debate, así como la información que se está ofreciendo a los afectados sobre las costas procesales, «extremos que en muchas ocasiones enmascaran la realidad y que no vienen sino a avalar la necesidad de estar asesorado por un abogado experto desde el primer momento», asegura Beatriz Ruiz.

Pero la lucha en defensa de los clientes contra el atropello de las entidades bancarias no termina aquí, hace notar Beatriz Ruiz. «Es necesario que todos los titulares de préstamos bancarios se asesoren también sobre si en su hipoteca se incluyó una cláusula en la que se imponía que el prestatario pagaba todos los gastos de constitución de su hipoteca, cláusula que igualmente ha sido declara nula por nuestro Tribunal Supremo posicionándose a favor de nuestros clientes y que resulta de suma importancia si tenemos en cuenta que en una hipoteca de 150.000 ¤ estaríamos hablando de aproximadamente unos 3.000 ¤ de gastos. En Abogaleon revisarán su escritura de forma gratuita si al solicitar la cita les dices que has leído este artículo.

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