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Los alumnos tendrán una condición similar a la de los trabajadores.
Los alumnos de FP dual contarán con becas mensuales de las empresas en las que realicen las prácticas

Los alumnos de FP dual contarán con becas mensuales de las empresas en las que realicen las prácticas

Educación establece que los ciclos formativos podrán desarrollarse en dos cursos escolares o ampliarse a tres

ical

Sábado, 9 de julio 2016, 13:00

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Los alumnos que se decanten por la Formación Profesional dual recibirán una contraprestación económica en forma de beca por parte de la empresa durante el tiempo en el que desarrollen el proyecto educativo en el centro de trabajo. El alumnado becado tendrá la condición de asimilado a trabajadores por cuenta ajena y su actividad en la empresa no implicará relación laboral alguna (excepto en caso de pertenencia a unidades del ejército).

Así aparece recogido en el proyecto de decreto que regula la FP dual del sistema educativo de Castilla y León, donde se precisa que el importe mensual de la beca será establecido siguiendo las orientaciones de la Consejería de Educación de la Junta, conforme al perfil profesional contemplado en el título, el nivel de las cualificaciones profesionales incluidas en el mismo, la actividad y el tamaño de la empresa y el tiempo de estancia del alumnado.

La Junta indica que la regulación tiene el objetivo de establecer nuevas formas de organizaciones de la FP con el reto de facilitar al alumnado el tránsito desde el sistema educativo al empleo, aumentando su desarrollo de experiencia en centros de trabajo.

El proyecto de FP dual se formalizará a través de un convenio entre la Consejería y la empresa colaboradora, cuya actividad deberá estar relacionada con el ciclo formativo y situada preferentemente en el entorno del centro educativo, aunque excepcionalmente podrán autorizarse en actividades de otras localidades cercanas o de otras autonomías.

El proyecto se llevará a cabo de forma sucesiva o simultánea. El primer caso indica alternancia consecutiva de periodos de formación en el centro con uno o varios de estancia en una o varias empresas. La estancia en la empresa no superará en ningún caso la jornada establecida en el convenio. En cuanto a la segunda, será simultánea en un mismo periodo de tiempo, siempre que la suma de estancia en el centro y en la empresa no sea superior a ocho horas diarias ni a 40 horas semanales o supere lo marcado en convenio.

Cuando participe alumnado con discapacidad en los proyectos de FP dual, el contenido contemplará itinerarios personalizados de integración socio-laboral, que deberán contribuir para que el estudiante pueda alcanzar las competencias profesionales contenidas en el título y a facilitar su inserción laboral.

Programas

El borrador legislativo recogido por Ical, indica que el programa de FP dual podrá desarrollarse en dos cursos escolares o ampliarse a tres. Si se considera que el puesto ofrecido por la empresa es insuficiente para alcanzar todas las capacidades que requiere el alumno, se podrá regular una rotación entre diferentes actividades.

El alumnado que participe en un proyecto de FP dual realizará el primer curso del ciclo formativo en el centro educativo donde se matricule, aunque también se podrán programar actividades en empresas si éste carece de los espacios y equipamientos para el desarrollo de las actividades prácticas. El contenido del primer curso será impartido en su totalidad por profesorado entre los meses de septiembre a junio.

En cuanto al segundo curso, se podrá programar en un año o de forma ampliada finalizando en el curso escolar siguiente. Así, se da lugar a un modelo de programa formativo de dos o tres cursos. La formación en la empresa se iniciará, con carácter general, una vez realizada la primera sesión de evaluación de los módulos profesionales del segundo curso del ciclo, celebrada al finalizar el primer trimestre del curso escolar. El periodo de formación en al empresa concluirá, en un ciclo de dos años, en junio, de acuerdo con el calendario escolar.

La estancia en la empresa será, con carácter general, de 30 horas semanales, hasta alcanzar al menos el 33 por ciento de las horas de formación establecidas en el título, aunque podrá ser superior si lo justifica el título.

Modelo ampliado

En cuanto al modelo ampliado a tres cursos, la formación se extenderá hasta completar un año en la empresa, finalizando a lo largo del tercero. Cuando la empresa imparte formación complementaria y ésta supere las 240 horas, el tiempo de estancia del alumnado podrá superar el año.

El periodo de formación arrancará en el segundo trimestre del segundo curso, preferentemente en enero, y se extenderá a lo largo del tercer curso escolar. A efectos académicos se computarán 2.000 horas de formación correspondiente a los módulos profesionales del ciclo, así como las horas que correspondan a la formación complementaria.

En cuanto al programa de formación complementaria, el proyecto legislativo indica que tendrá una duración mínima de 90 horas, con un contenido teórico-práctico, que se desarrollará durante el periodo de estancia del alumnado en la empresa.

Asignación de plazas

La asignación de los puestos de aprendizaje en la empresa se realizará conjuntamente por la actividad y el centro educativo, en base a criterios de competencia e idoneidad establecidos entre ambas partes. Éstos contemplarán por orden de prioridad, primero el rendimiento escolar y la asistencia a las actividades lectivas en el centro educativo; y segundo, las competencias personales que se estimen adecuadas para el correcto desempleo de la actividad laboral.

El texto incide también en la coordinación de la actividad de formación y destaca que para lograrlo entre el centro educativo y la empresa se establecerá una relación entre un tutores de ambos espacios. Así, ambos tutores, el de la empresa y el del centro educativo, mantendrán reuniones mensuales de control en las que harán seguimiento de cada uno de los alumnos.

Centros privados

El texto indica que en el caso de los centros privados, podrán solicitar anualmente autorización para llevar a cabo proyectos de FP dual en la forma y plazo que determine la Consejería de Educación.

La autorización de los proyectos será resuelta por el titular de la consejería y notificada al entro educativo en el plazo máximo de tres meses desde el registro de la petición. La autorización tendrá validez durante tres cursos escolares.

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