León
LEÓN
La polémica que no tiene fin
El Tribunal Militar Central justifica como "legítimo ejercicio del mando" el presunto acoso laboral hacia un militar leonés, que ya ha recurrido la decisión
leonoticias.com
06/11/2013 (15:36 horas)
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El Tribunal Militar Central ha dictado un auto el pasado día 22 de octubre de 2013 en el que revoca el auto de procesamiento sobre un coronel y un comandante, acusados de un presunto caso de acoso laboral en el seno de la Unidad Militar de Emergencias de León, auto de procesamiento al que ha tenido acceso este periódico y que fue dictado el pasado día 9 de septiembre por el titular del Juzgado Togado Central número 2 de Madrid.

La familia del militar víctima del presunto acoso laboral, Jairo Valentín F.A., ha asegurado, tras conocer el dictamen, su "sorpresa y asombro" por esta resolución". Para los representantes del afectado "lo primero que llama poderosamente la atención en este caso es que la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central adopta esta resolución contra la que no cabe recurso alguno, cuando, a este respecto, la Ley Procesal Militar en su artículo 272 es meridianamente clara y permite recurso", extremo que ya se ha realizado.

Además la familia del militar denunciante se pregunta "si el mas alto Tribunal dentro de la Justicia Militar puede desconocer este hecho o es, como todo parece apuntar, que quieren tapar definitivamente este caso".

No es la única extrañeza que le provoca la resolución de este caso a los familiares sargento primero de la UME. "También llama poderosamente la atención la extraordinaria rapidez en resolver este asunto".

Una rapidez que no tiene comparación con asuntos precedentes y así "el general auditor ponente en este caso recibe las actuaciones el pasado día 3 de octubre de 2013 y la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central dicta resolución el día 22 de octubre, poco mas de dos semanas después".

"Decisión incomprensible"

La familia del sargento primero de la UME no puede comprender cómo en ese tiempo puede tomarse una decisión de tanta trascendencia. "El juez instructor en su auto de procesamiento hizo referencia a nada menos que 29 hechos, a una “muy prolija prueba documental aportada” y a una “muy amplia testifical aportada” (18 testigos). La instrucción del caso tuvo una duración de siete meses y el juez instructor en su auto de procesamiento dice textualmente: 'Efectivamente, analizada en su conjunto la serie sucesiva de actos de los jefes denunciados, con la participación difusa en ocasiones de otras personas y la resolución sorprendente de Gejume (General Jefe de la UME), da la impresión y hace que se represente, como mas que probable, la persecución denunciada. Una persecución que parece tanto mas verosímil, en cuanto que todas y cada una de las irregularidades denunciadas por el sargento primero, y sobre las que no se ha dado explicación satisfactoria de descargo, se han ido –no sin cierto esfuerzo- confirmando'".

El titular del Juzgado Togado Central número 2 fue el segundo juez en ver indicios racionales de criminalidad en estos hechos. Este procedimiento penal tuvo su origen después de denunciar, en septiembre de 2012, el sargento primero al general jefe de la UME que estaba siendo víctima de un presunto acoso laboral.

No solo este hecho no se investigó en el seno de la UME, si no, que además el sargento primero fue denunciado penalmente por un presunto delito de Insulto a un Superior, por los términos de su denuncia.

Proceso

Fue la titular del Juzgado Togado Territorial número 42 de Valladolid la que al recibir la denuncia contra el sargento primero, cita a éste para comparecer en su juzgado y le comunica, no solo que no ve indicios de delito por su parte, si no, que además aprecia indicios de delito por parte de sus jefes y abre diligencias previas en averiguación de hechos contra los presuntos perjudicados.

La juez de Valladolid se inhibió entonces a favor del juzgado togado Central, al tener los imputados rango de aforados y es cuando el Juez titular del Juzgado Togado Central número 2 acepta la inhibición y también abre diligencias de investigación al apreciar indicios racionales de delito.

La familia de la víctima no se puede explicar "cómo después de que dos Jueces apreciaran indicios de delito en estos hechos y que tras investigarse los mismos viendo el Juez instructor indicios racionales de criminalidad, el Tribunal Militar Central, sin dar ninguna justificación objetiva a ninguno de los hechos denunciados, pueda en poco mas de dos semanas echar por tierra una investigación de siete meses enmarcando todos los hechos denunciados en el legítimo ejercicio del mando".

La familia del sargento se pregunta además "a la vista de la investigación de los hechos, si se ha llegado a tocar a las esferas de poder de las Fuerzas Armadas".

La familia de la víctima piensa "inequívocamente" que si se llevara hasta el final la investigación de este caso "podría llegar a comprometerse seriamente al General Jefe de la UME, que lejos de investigar un presunto caso de acoso laboral, denuncia a la víctima, y por consiguiente al Ministerio de Defensa que era plenamente conocedor de los hechos que se denunciaron".
 

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