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Gersul recuerda que es un juez quien obliga a mover las balas de 'El Busto'
José Antonio Velasco incide en que hay un auto que dice que las balas no pueden mantenerse en la finca de El Busto y que ahora tan sólo cabe trasladarlas al CTR
leonoticias.com
01/10/2014 (18:02 horas)
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Tanto para Gersul (Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos) como para Legio VII, concesionaria del CTR (Centro de Tratamiento de Residuos), el auto judicial emitido por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de León el pasado día 27 y que paraliza el traslado de las balas de basura de la finca de El Soto al centro de tratamiento debe revocarse en base a las alegaciones que serán presentadas este mismo jueves.

Hasta esa jornada Gersul tiene plazo para la presentación de alegaciones. Unas alegaciones que según ha advertido este miércoles el presidente del Consorcio Provincial, José Antonio Velasco, "se sustentan más allá de lo que digan los abogados en el hecho de que es un juez quien dictamina que las balas no pueden estar en la finca y que por lo tanto deben ser trasladadas a un centro de tratamiento".

Velasco incide en que Gersul "respeta cualquier alegación que se quiera hacer en este caso", pero apela "a la realidad" que impone según ha advertido la necesidad de un "traslado que debería haberse realizado quizá con anterioridad".

Confianza en el recurso

La situación, en todo caso, pasa a juicio de Gersul por proceder al tratamiento de unas balas de basura -hasta 400.000- que no deben permanecer en la finca de El Busto por más tiempo ya que así lo ha determinado la propia autoridad judicial.

Gersul además ha asegurado que la no existencia de un tratamiento previo -uno de los argumentos de más peso esgrimido por la parte que ha recurrido el traslado- no es consistente porque "la basura de la limpieza viaria de algunas localidades como Astorga también llega al CTR sin tratamiento previo".

José Antonio Velasco, por último, ha remarcado su confianza en que el juez una vez vistas las alegaciones presentadas "decida levantar la paralización cautelar". 

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