Juicio por el 'caso Carrasco'
JUICIO POR EL 'CASO CARRASCO'
Gago, absuelta de asesinato y condenada por tenencia de armas y al encubrimiento
El juez la condena a 5 años. niega la participación de la policía en el crimen y asegura que su participación se limita a conocer los propósitos homicidasy ayudar a las otras acusadas con el arma
A. Cubillas / @And_Cubillas
10/03/2016 (23:59 horas)
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Nuevo e inesperado giro en la sentencia del juicio por el crimen de Isabel Carrasco. El presidente-magistrado ha absuelto del delito de asesinato a Raquel Gago que finalmente tendrá que cumplir una pena de cinco años de prisión, tres como autora de un delito de encubrimiento y dos por tenencia ilícita de armas.

Conforme a la sentencia, el juez entiende que el jurado popular “no ha dispuesto” de prueba directa sobre la participación de Raquel Gago, utilizando “prueba indirecta o incidencia” suficiente para ser considerada culpable.

El juez entiende que Raquel Gago es “encubridora” porque, sin ser ejecutor material, coautor, inductor o cooperadora, su papel se limita a conocer y aceptar el plan homicida y a comprometer su colaboración “exclusivamente” para un momento posterior a la ejecución del hecho.

Entiende que las conclusiones a las que llega el jurado popular analizado desde la óptica jurídico-penal “no permiten concluir que Raquel sea cómplice del asesinato de Isabel Carrasco”. Es más, asegura que ni el encuentro previo con madre e hija ni el aparcamiento en la zona de Lucas de Tuy ni la llamada telefónica recibida son actos que aporten elementos alguno de facilitación del crimen.

Cupable de encubrimiento

Por todo ello, el juez deduce que del delito de asesinato Montserrat González es autora, Triana Martínez cooperador necesaria y niega la participación de Raquel Gago, a la que condena por un delito de encubrimiento al entender que “conoció los propósitos homicidas de las otras dos acusadas y “aceptó auxiliarlas para ocultar el arma utilizada en el crimen con posterioridad a la ejecución de la muerte de Isabel Carrasco”.

En este sentido, el juez justifica el levantamiento del veredicto del jurado, que declaró culpable a la agente de Policía Local, argumentando que la competencia legalmente atribuida al jurado “se limita a la declaración de si el acusado es culpable por su participación en los hechos que se han declarado probados”.

Asimismo, el magistrado confirma un error en la redacción del objeto del veredicto que si bien, remarca, carece de efecto alguno en el campo jurídico. Lo importante es que el jurado declaró culpable a Raquel Gago y ello es suficiente para entender procedente una sentencia como autora del delito de encubrimiento. 

Una sentencia que recibía “gratamente sorprendido” su letrado, Fermín Guerrero, que, sin embargo, ya ha advertido de que continuará adelante con los recursos ante el TSJ y el Supremo para probar la plena inocencia de su cliente. 

Autora y cooperadora

Una sentencia que recibía “gratamente sorprendido” su letrado, Fermín Guerrero, que, sin embargo, ya ha advertido de que continuará adelante con los recursos ante el TSJ y el Supremo para probar la plena inocencia de su cliente.

Donde no hubo sorpresa alguna fue entorno a madre e hija. La sentencia establece una pena de 22 para Montserrat por ser autora de un delito de asesinato en concurrencia con atentado a la autoridad, agravado por el uso de arma de fuego y con el agravante de disfraz y la atenuante de reparación parcial del daño, y el delito agravado de tenencia ilícita de armas.

Por su parte, el juez ha establecido una pena de 20 años para Triana Martínez en calidad de cooperadora de un delito de asesinato. Ambas, madre e hija, además tendrán prohibido aproximarse a la hija y a la pareja de la víctima durante un periodo de al menos 25 años y el pago de 75.000 euros a cada uno de ellos. Sentencia que también recurrirá la defensa de madre e hija. 

 

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