Este pago deberá hacerse efectivo presentando los ejemplares del recibo "para el contribuyente" y "para la entidad colaboradora" que se remiten por correo al domicilio de los contribuyentes, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: BBVA, Banco Pastor, Banco Popular, Banco Sabadell, Banco Caixa General, Barclays Bank, Banco Caja España Inversiones, Salamanca y Soria, Bankia, Banco Gallego, TargoBank, Banco Grupo Cajatres, CaixaBank, Catalunya Caixa, Nova Caixa Galicia Banco, Cajamar, Ibercaja, Santander, Caja Rural de Zamora, Caja Laboral y Kutxabank.
Si el documento de ingreso no fuera recibido por el contribuyente, o se hubiese extraviado, el Ayuntamiento de León extenderá el duplicado correspondiente.
Asimismo, el pago puede efectuarse por internet, a través de las entidades colaboradoras que dispongan de la opción de pago de impuestos.
Periodo ejecutivo
Vencido el plazo en periodo voluntario sin que se hubiese pagado la deuda, comienza el periodo ejecutivo en el que se exigirá su importe por la vía de apremio, con los recargos del periodo ejecutivo que procedan, intereses de demora hasta la fecha de su ingreso y costas que resulten.