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La banca deberá concretar en una ficha las cláusulas y riesgos de sus hipotecas

La entregará junto a la información del crédito y el cliente tendrá una semana para aceptarla según la regulación que prepara el Gobierno

José Antonio Bravo

Viernes, 17 de febrero 2017, 21:55

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La nueva regulación hipotecaria que está elaborando el Gobierno dio este viernes sus primeros pasos con el análisis, por parte del Consejo de Ministros, del anteproyecto de la futura Ley Reguladora (APL) de los Contratos de Crédito Inmobiliario. Entre sus novedades figura la obligación, para la banca, de concretar en una ficha al cliente interesado en una hipoteca las cláusulas que tiene y sus «riesgos asociados».

La denominada Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) incluirá información sobre «elementos relevantes» de ese tipo de préstamos, en especial la existencia o no de cláusulas suelo, la posibilidad de vencimiento anticipado, la distribución de gastos asociada a la concesión del mismo y la vinculación o no con créditos en divisas. Asimismo, en los casos de contratos a tipo variable, «se establece la obligación del prestamista de entregar al prestatario un documento separado con una referencia especial a las cuotas periódicas a satisfacer», conforme a los diferentes escenarios de evolución que tenga el precio del dinero.

Las entidades financieras también tendrán que entregar una segunda ficha «normalizada» (FEIN) conforme a los criterios de la Unión Europea, que incluirá todas las características del préstamo antes de que sea contratado. Dicha oferta tendrá carácter «vinculante» por un plazo de siete días, de modo que finalizado el mismo sin que el cliente la suscriba el banco podrá anularla.

El Ministerio de Economía destaca como otra de las novedades de su anteproyecto la prohibición de las llamadas ventas vinculadas, esto es, incluir dentro de la hipoteca la suscripción de otros elementos como seguros, tarjetas de crédito, etcétera. En la práctica, sin embargo, las entidades podrían mantener el mismo afán comercializador vinculando la aceptación del crédito a la contratación de otros productos bancarios, puesto que sí se permiten las ventas «combinadas» con el préstamo «separado» de otros posibles contratos o incluso en grupo.

Hipotecas multidivisa

Igualmente, el departamento que dirige Luis de Guindos resalta que se podrán amortizar de forma anticipada las hipotecas «sin más comisiones o compensaciones que la pérdida financiera durante un período y unos porcentajes máximos» aunque, por ahora, no las ha concretado.

En cuanto a las llamadas hipotecas multidivisa, también controvertidas al haber provocado un número estimable de demandas en los tribunales, la nueva normativa contempla por vez primera vez el derecho del consumidor a convertir el préstamo denominado en moneda extranjera a la moneda en la que reciba sus ingresos o la del Estado miembro (de la UE) en que resida. Es decir, el prestatario podrá pedir a su banco que le índice que valor en euros del contrato aunque estuviera en yenes (Japón), yuanes (China) u otra divisa internacional.

Respecto a los notarios, habrán de asesorar al cliente sobre el crédito y sus cláusulas, de manera que luego éste manifieste por escrito que lo comprende todo y lo acepta. A tal fin habrá un plazo de siete días -no se sabe si hábiles o naturales- para informarle del contenido del contrato en cuestión y de su ajuste a la legalidad. Para ello, previamente, la entidad financiera habrá de entregar en ese mismo período la información precontractual, pero no está claro todavía si eso implicará una copia idéntica del crédito ni cuánto tiempo quedaría luego realmente para su revisión si el banco agota el plazo para facilitar esos datos.

Esta reforma hipotecaria, anunciada por el ministro hace tres semanas, viene a suponer la transposición a la ley española, pero con tres años de retraso, de la directiva europea sobre productos financieros minoristas.

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