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Montoro, en los pasillos del Congreso de los Diputados. Zipi (Efe)
La justicia insta al Gobierno a modificar ya el impuesto de plusvalía conforme a la sentencia del TC

La justicia insta al Gobierno a modificar ya el impuesto de plusvalía conforme a la sentencia del TC

El Tribunal Superior de Madrid anula su aplicación en una venta por «seguridad jurídica» para que no quede «al arbitrio» de un ayuntamiento o un órgano judicial

Martes, 8 de agosto 2017, 22:14

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La justicia no quiere enmendar la plana al Gobierno sobre la elaboración del nuevo impuesto de plusvalía, a raíz de las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que invalidan su aplicación cuando existen pérdidas en la venta del inmueble, pero tampoco parece dispuesta a que se dilate ‘sine die’ dicha reforma. Por eso, varios juzgados de lo contencioso-administrativo han venido anulando en las últimas semanas liquidaciones de dicho tributo al considerar que ni los ayuntamientos, ni tampoco los jueces, tienen potestad para ello.

La novedad, conocida este martes, es que por vez primera un Tribunal Superior de Justicia, en este caso el de Madrid (TSJM), ha adoptado la misma actitud, lo que aboca a que este conflicto con la Administración acabe en el Tribunal Supremo. Será él que decida, aunque puede tardar más de un año, cuál sería «la aplicación correcta de las normas reguladoras del impuesto».

Antes, no obstante, se espera que el Ministerio de Hacienda haya modificado la legislación sobre plusvalías para establecer un nuevo «método objetivo de cuantificación del incremento de valor», como demandaba el TC. Para ello debería fijar otros coeficientes que resulten claros del valor catastral del suelo en el momento de la transmisión.

Pero mientras tanto se empieza a producir el vacío normativo que tanto temían los ayuntamientos, y del que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ya advirtió al departamento de Cristóbal Montoro el pasado 26 de junio, cuando se reunieron para tratar el problema. Entonces el Ministerio les emplazó, aún a disgusto de los alcaldes por la demora en los plazos, a esperar lo que dijera de este asunto el comité de expertos sobre la financiación local.

Dicho grupo ya presentó sus conclusiones a finales de julio, pero respecto a la plusvalía se limitaron a señalar que había que rehacer el impuesto para gravar solo los supuestos de beneficios en las ventas de inmuebles, sin entrar en apenas detalles. La pelota quedaba así de nuevo en el tejado de Hacienda.

“Expulsados del ordenamiento”

En todo este tiempo los ayuntamientos han seguido aplicando la plusvalía, pero en aquellos casos donde el contribuyente (particular o empresa) alegaba que no existía incremento de valor en el inmueble algunos jueces anulaban la liquidación. El Tribunal Superior de Madrid ha respaldado ahora ese criterio, por considerar que no cabe una «interpretación salvadora» del fallo del TC «una vez expulsados del ordenamiento jurídico» los referentes que permitían calcular esa tributación.

«Solo corresponde al legislador determinarlos» de nuevo, advierte el TSJM, realizando “las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto». Y por «el principio seguridad jurídica», sin olvidar “la reserva de ley que rige la materia tributaria” -apunta- no se puede «dejar al libre arbitrio del aplicador (los entes locales en la gestión, o los órganos judiciales en la revisión)» del mismo determinar cuándo pagarlo (“los supuestos en los que nacería”) ni cómo “llevar a cabo la determinación del eventual incremento o decremento” de valor en la operación.

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